Piscina en jardín de chalet pareado

Vivo en un chalet pareado, con un jardín lateral con lindes a la calle ya que es el primer chalet del conjunto de adosados. Ayer tuvimos reunión de comunidad y se me denegó el derecho de hacer una piscina en este espacio. En las escrituras figura que el jardín es de uso privativo que no de uso y disfrute privado. Por lo que he visto, hay cierto derecho comunitario sobre el suelo, pero no consigo encontrar respuesta a si necesito permiso de la comunidad para realizar esta piscina.

3 respuestas

Respuesta
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"En las escrituras figura que el jardín es de uso privativo que no de uso y disfrute privado"

¿Cómo? No entiendo la diferencia.
En cualquier caso, siendo zona comunitaria, necesita permiso de la comunidad (3/5 partes).

Muchas gracias por tu respuesta. Lo que quería confirmar es que se considera zona comunitaria, al ser parte de una parcela común. Sobre el uso buscando , he encontrado los dos conceptos que ahora no sé si son diferentes o no.

Gracias de nuevo 

Transcriba, si quiere, la parte de la escritura que se refiere al jardín.

Hola

La vivienda comunica con un espacio ajardinado privativo de esta finca con una superficie de 59 metros.

Si eso es lo único que dice, ese espacio le pertenece y no tiene que solicitar permiso alguno.

Hola.

Me acabas de dejar sin palabras, si, es lo único que pone. Que tendría que poner para considerarlo como comunitario ? Cómo te comentaba ayer se me denegó y quisiera tenerlo muy claro para dar el siguiente paso. Hay algún artículo del código civil o de la lay de Propiedad Horizontal que me puedas indicar? 

Muchas gracias , te agradezco mucho tu paciencia y ayuda.

LPH, artículo 7.1

"Artículo séptimo.

1. El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad.

En el resto del inmueble no podrá realizar alteración alguna y si advirtiere la necesidad de reparaciones urgentes deberá comunicarlo sin dilación al administrador."

Si ese jardín le pertenece, como indican las escrituras, puede instalar la piscina sin permiso de la Comunidad.

Me parece buena puntualización la de AGF ABOGADOS, en cuanto a consultar los posibles Estatutos, en caso de existir. Aunque no lo creo, no está de más consultarlo, por si dijeran algo al respecto.

Respuesta

La información que facilitas no es concluyente. Te aconsejo acudir a un abogado.

Respuesta

Sin perjuicio de las respuestas anteriores, estimo que es necesario examinar tanto la escritura de compraventa como los estatutos si los hubiera. Por ello le recomiendo que acuda a un/a abogado/a.

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