Placas solares comunitarias en jardín de uso privativo

Edificio de 4 plantas y 8 vecinos. Vivo en planta baja con jardín propio y una zona anexa de uso privado que la escritura denomina área de dominio privado comunitario. ¿La Comunidad de vecinos tiene derecho a poner paneles solares en esta zona anexa de dominio privado sin mi consentimiento?

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La respuesta es afirmartiva siempre y cuando se convoque reunión extraordinaria, figure en el orden del día como punto a tratar el expuesto en su consulta y el acuerdo sea aprobado por la mayoría legalmente establecida.

Gracias, muy amable. Para modificar estatutos y en todo caso derechos recogidos en oas escrituras particulares de los vecinos, ¿no sería necesaria mayoría absoluta? Gracias.

La razón de mi respuesta anterior se basa en la descripción de la escritura que menciona: " área de dominio privado comunitario", ya que significa que la zona en la que se plantea instalar los paneles pertenece a la comunidad. Cuestión distinta a la anterior es que figurase: "elemento común de uso privativo", pues en ese caso el uso estaría asignado a un comunero específico.

Por lo tanto, el quorum exigido será el voto favorable de la mayoría de los propietarios, que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación.(art 17.2 LPH)

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