Uso Privativo - Zona Ajardinada y Plaza de Garaje

Hemos comprado una casa en el campo (aún no hemos escriturado), es una casa grande partida en seis trozos, de los cuales, cada trozo pertenece a un propietario y a cada uno le pertenece un trocito de parcela no siendo todas las parcelas en tamaño iguales.
La parcela que la promotora ha comprado estaba destinada según el plan parcial urbanístico específico de esa urb para zona cívica-comercial con posibilidad de hacer vivienda colectiva, con índice máximo de ocupación del 30%.
Extracto del documento de reserva referente a la vivienda:
. ¿La cantidad de 3.000?, en concepto de reserva para la compra de la vivienda nº 8 del bloque 9, que comprende asimismo el derecho de uso exclusivo de una plaza de aparcamiento en superficie de las que componen el complejo residencial y el uso privativo de una superficie ajardinada anexa a la vivienda, en la promoción que se desarrollará en la parcela . En término municipal.
Extracto del contrato referente a vivienda:
Vivienda objeto de este contrato. Que formando padre de estas 137 viviendas esa la denominada vivienda nº 8, sita en el bloque nº 9, que contará con una superficie construida de 89 m2. Esta vivienda tendrá como anexo un espacio ajardinado contiguo a la misma, así como la plaza de aparcamiento nº 63, ambos de uso privativo.
La promotora, por lo visto, pidió dos licencias; una para la edificación de las casas y otra para la piscina. La primera se la dieron sin problemas y la segunda se la han denegado (El ayuntamiento). Recurrieron y ante un juez perdió la solicitud de la licencia para construir la piscina basándose en el artículo 27 (uso de espacios libres) de plan parcial urbanístico específico que tiene esa urbanización, que es del año 1978. A patir de aquí vienen mis dudas.
Extracto del plan parcial art. 26-27 específico de la urb. Que nos compete

Ordenanza II.- Zona cívico comercial. Vivienda Colectiva
Art. 26º.- Definición de la zona.- Corresponde esta zona a sectores de las áreas libres del polígono que se consideran como emplazamiento más adecuado para los edificios e instalaciones características de un centro cívico y comercial para el servicio de la unidad vecinal constituida por el polígono.
El tipo de ordención será de edificación abierta con espacios libres interiores para la circulación de peatones.
Art. 27º.- Condiciones de uso. -
Uso de vivienda.- Se admiten las viviendas destinadas a guardas de los edificos de servicios, incorporadas a los mismos y la vivienda colectiva.
Uso de Comercio y Oficina.- Se admiten .la instalación de comercios y oficinas.. Y a la construcción de edificios dedicados a esta actividad.
Uso de espacios libres.- Los porcentajes de superficie libres se considerarán afectados de modo permanente al uso de espacio libre público, sin que se admitan en los mismos ningún otro tipo de edificaciones. Una parte de dichas superficies se destinarán a estacionamientos públicos y el resto será dedicado a sendas y áreas de arbolado, con tolerancia a kioskos y terrazas.
Esta urbanización se está construyendo dentro de otra, es decir, es como si en la urb. Montepríncipe (por poner un ejemplo) hay dentro una parcela muy grande, de hecho son 19.000 m2 y un promotor la compra (el caso que nos compete) y dentro en vez de hacer un chalet grande hace muchos esparcidos por toda la parcela para sacar más rendimiento y con espacio abierto en el medio que es donde va la piscina.
Por lo tanto, podría yo en un futuro ante una denuncia de algún vecino de la urb. Grande (en este caso según el ejemplo de arriba sería un Sr. De la urb Moteprícipe) :
- Tener algún problema con mi parcela y plaza de aparcamiento
- ¿Me lo podrían quitar?
- Puedo yo solar o hacerme una piscina en la parcela, ¿siendo ésta de uso privativo? ¿Tendría qué pedir permiso? ¿A quién?
- ¿Uso privativo que quiere decir exactamente? El uso es temporal, ¿permanente? ¿Es para disfrute sólo nuestro o podría ser de más gente?
- ¿Podríamos exigir a la promotora de alguna forma ser los propietarios de la parcela y de la plaza de en los mismos términos que los somos de la casa según contrato?

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En principio necesitaría obtener algo más de información, si existen las licencias y los usos son conformes con esas licencias no deberíais tener ningún problema
De lo que me aportas se deduce que el promotor quiso construir la piscina en terreno dedicado a espacio público, y por eso se la negaron, pues tal y como fija la ordenanza en el mismo no se admite ningún otro tipo de edificaciones debiendo destinarse a estacionamiento público y a sendas y aréa de arbolado
Por uso privativo se entiende el que le corresponde al propietario en exclusiva, pudiendo excluir de ese uso a cualquier otra persona
Es un uso permanente, si según el contrato y según el registro de la propiedad sois titulares de ese uso privativo, tenéis derecho a usarlo, que equivale a ser propietarios de ese uso
Tengo la siguiente duda; hemos comprado una casa en el campo (aún no hemos escriturado), es una casa grande partida en seis trozos, de los cuales, cada trozo pertenece a un propietario y a cada uno le pertenece un trocito de parcela no siendo todas las parcelas en tamaño iguales.
La parcela que la promotora ha comprado estaba destinada según el plan parcial urbanístico específico de esa urb para zona cívica-comercial con posibilidad de hacer vivienda colectiva, con índice máximo de ocupación del 30%.
Extracto del documento de reserva referente a la vivienda:
. ¿La cantidad de 3.000?, en concepto de reserva para la compra de la vivienda nº 8 del bloque 9, que comprende asimismo el derecho de uso exclusivo de una plaza de aparcamiento en superficie de las que componen el complejo residencial y el uso privativo de una superficie ajardinada anexa a la vivienda, en la promoción que se desarrollará en la parcela . en término municipal.
Extracto del contrato referente a vivienda:
Vivienda objeto de este contrato. Que formando padre de estas 137 viviendas esa la denominada vivienda nº 8, sita en el bloque nº 9, que contará con una superficie construida de 89 m2. Esta vivienda tendrá como anexo un espacio ajardinado contiguo a la misma, así como la plaza de aparcamiento nº 63, ambos de uso privativo.
La promotora, por lo visto, pidió dos licencias; una para la edificación de las casas y otra para la piscina. La primera se la dieron sin problemas y la segunda se la han denegado (El ayuntamiento). Recurrieron y ante un juez perdió la solicitud de la licencia para construir la piscina basándose en el artículo 27 (uso de espacios libres) de plan parcial urbanístico específico que tiene esa urbanización, que es del año 1978. A patir de aquí vienen mis dudas.
Extracto del plan parcial art. 26-27 específico de la urb. Que nos compete
Ordenanza II.- Zona cívico comercial. Vivienda Colectiva
Art. 26º.- Definición de la zona.- Corresponde esta zona a sectores de las áreas libres del polígono que se consideran como emplazamiento más adecuado para los edificios e instalaciones características de un centro cívico y comercial para el servicio de la unidad vecinal constituida por el polígono.
El tipo de ordención será de edificación abierta con espacios libres interiores para la circulación de peatones.
Art. 27º.- Condiciones de uso.-
Uso de vivienda.- Se admiten las viviendas destinadas a guardas de los edificos de servicios, incorporadas a los mismos y la vivienda colectiva.
Uso de Comercio y Oficina.- Se admiten .la instalación de comercios y oficinas.. y a la construcción de edificios dedicados a esta actividad.
Uso de espacios libres.- Los porcentajes de superficie libres se considerarán afectados de modo permanente al uso de espacio libre público, sin que se admitan en los mismos ningún otro tipo de edificaciones. Una parte de dichas superficies se destinarán a estacionamientos públicos y el resto será dedicado a sendas y áreas de arbolado, con tolerancia a kioskos y terrazas.
Esta urbanización se está construyendo dentro de otra, es decir, es como si en la urb. Montepríncipe (por poner un ejemplo) hay dentro una parcela muy grande, de hecho son 19.000 m2 y un promotor la compra (el caso que nos compete) y dentro en vez de hacer un chalet grande hace muchos esparcidos por toda la parcela para sacar más rendimiento y con espacio abierto en el medio que es donde va la piscina.
Por lo tanto, podría yo en un futuro ante una denuncia de algún vecino de la urb. Grande (en este caso según el ejemplo de arriba sería un Sr. De la urb Moteprícipe) :
- Tener algún problema con mi parcela y plaza de aparcamiento
- ¿Me lo podrían quitar?
- Puedo yo solar o hacerme una piscina en la parcela, ¿siendo ésta de uso privativo? ¿Tendría qué pedir permiso? ¿A quién?
- ¿Uso privativo que quiere decir exactamente? El uso es temporal, ¿permanente? ¿Es para disfrute sólo nuestro o podría ser de más gente?
- ¿Podríamos exigir a la promotora de alguna forma ser los propietarios de la parcela y de la plaza de en los mismos términos que los somos de la casa según contrato?
Muchas gracias.
Muchas gracias por la respuesta.
Y me podría decir, por favor, cual serían los documentos clave que necesitaría obtener para aclarar todo este embrollo.
Un Saludo. David.
Sería interesante poder comprobar como está el plan parcial para esa zona, la licencia que se le ha otorgado y el contrato de compraventa
Pero en principio si ha obtenido la correspondiente licencia y esta es conforme con lo que se ha vendido en los contratos no debería haber problemas
Muchas gracias por la información. Esta semana voy a obtener la nota simple de la parcela en el registro de la propiedad y chequearé todo lo que me has comentado.
Muhas Gracias,
David.

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