Subvención europea rehabilitación edificio para mejoras energéticas?

Han propuesto a nuestra comunidad de vecinos realizar una serie de trabajos para la mejora energética del edificio a base de forrar la fachada y cubiertas con planchas de poliespan, con cargo a los fondos europeos. Al mismo tiempo tenemos en marcha la financiación de la ya aprobada instalación de un ascensor en la comunidad. Nos dicen que si incluimos el costo del ascensor (mejora de accesos) en la obra general de rehabilitación nos ahorraríamos una buena cantidad, y que en las próximas declaraciones de la renta podríamos desgravar una parte importante.

Me surgen varias dudas:

1- ¿Se puede incluir la instalación del ascensor en estas ayudas a la mejora energética del edificio?

2- ¿Qué duración pueden tener esas planchas de poliespán (que no lana de piedra) en un clima como el de Castilla?

3- ¿El riesgo de incendio aumenta al instalar esas planchas en fachada? ¿Puede repercutir en el seguro?

4. La posterior certificación energética puede estar condicionada a aquellas viviendas cuyas ventanas (en las que no se interviene) no tengan buen aislamiento?

5. En mi caso la vivienda es heredada y está sin ocupar. ¿Podría desgravar igualmente en la declaración del IRPF no siendo la vivienda habitual?

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Respondo a dos de sus preguntas:

- Si las ayudas a las que optan son por mejoras en la eficiencia energética, no van a poder incluir el ascensor, puesto que no tiene nada que ver con la eficiencia energética. No obstante, consulten las bases que regulan esas ayudas.

En cualquier caso, quizá puedan optar a subvenciones específicas en las que se conceden ayudas por la eliminación de barreras arquitectónicas.

- Lo que permite la Agencia Tributaria es deducir (y copio literalmente lo que indica en su web): "Para inversiones en adquisición, rehabilitación, construcción o ampliación de la vivienda habitual". Si no se trata de su vivienda habitual, no podrá beneficiarse de la deducción.

La ayudas europeas en concreto son las denominadas "Next Generation"

OK. Pues, según la información que he encontrado, sí podrían sufragar los gastos de ascensor con esos fondos, porque se obtiene una cantidad importante (hasta 19.000 euros por vivienda) si se mejora la eficiencia energética como mínimo en un 30%. Y ese dinero puede dedicarse a lo que convenga (ascensor, rehabilitación, etc.), siempre que en efecto se realice al mismo tiempo la mejora energética.

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