Perdida patrimonial en la declaración de Renta 2021

En el año 2021 realice 2 transmisiones de inmuebles por debajo del valor de adquisición.

Quisiera saber si al efectuar la declaración de renta correspondiente a este ejercicio debo de mencionar dicho extremo (aunque debe ser conocido por la agencia tributaria lógicamente ya que en las escrituras se mencionaban los importes).

Por otra parte, me gustaría saber si tanto para este ejercicio como a los siguientes dicha perdida económica puede afectar al hacer las declaraciones de renta, en este sobre el resultado de la misma y para los sucesivos en un posible incremento patrimonial por la adquisición de otro y otros inmuebles.

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"Quisiera saber si al efectuar la declaración de renta correspondiente a este ejercicio debo de mencionar dicho extremo (aunque debe ser conocido por la agencia tributaria lógicamente ya que en las escrituras se mencionaban los importes)."

La respuesta es afirmativa, salvo que:

  1. Su sueldo anual haya sido inferior a 22.000 euros brutos, siempre y cuando ese dinero proceda de un solo pagador.
  2. Que haya tenido varios pagadores pero el sueldo anual no sume más de 14.000 euros.
  3. Si la/s pérdida/s patrimoniales supera los 500 euros.

"En este sobre el resultado de la misma y para los sucesivos en un posible incremento patrimonial por la adquisición de otro y otros inmuebles."

Sobre su actual declaración el impacto será nulo, pero en las sucesivas podrá, cumpliendo requisitos establecidos, compensar una ganancia patrimonial con las pérdidas acumuladas.

Gracias por tan rápida respuesta y entiendo la misma perfectamente sobre la Segunda cuestión.

Pero en cuanto a la primera, he de comentarle que por mis ingresos no sé da el caso de los puntos 1 y 2, pues mis únicos ingresos proceden de una pensión no contributiva. Y sobre el punto 3, sí, las pérdidas superan los 500 €.

Si hago regularmente la declaración y elijo la conjunta con mi esposa por recibir ella rentas de trabajo y ser la más favorable

Posiblemente no lo entiendo al decirme “salvo que”. 

Perdón por pedir la aclaración.

El error ha sido mío. En su caso, si cumple los requisitos 1 o 2 estará exento de presentar la declaración con independencia del valor de las pérdidas patrimoniales.

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