Quorum instalación ascensor comunidad de vecinos

Si en la votación de comunidad de vecinos ha salido 7 a favor y 6 en contra pero hay dos abstenciones, estas abstenciones como se computan, el total de vecinos son 16

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Las abstenciones no tienen ningún valor, puesto que se trata de un acuerdo que se alcanza por mayoría simple y se obtuvo, al haber más votos a favor que en contra (asumiendo que también se obtuvo la mayoría de cuotas de participación).

Pero habrá que dar traslado a los ausentes por 30 días

Correcto. Pensaba que se refería usted simplemente al momento de la aprobación en la propia Junta.

Los ausentes tendrán 30 días desde la notificación del acuerdo para oponerse a que su voto se sume a la mayoría.

En cuanto al cómputo de voto de las abstenciones, a diferencia de la ley en Cataluña (no indica usted de dónde es), donde queda claro que las abstenciones se suman a la mayoría, en la LPH no viene reflejado y hay criterios contrapuestos, incluso entre diferentes juzgados.

Para que tenga una idea, puede leer el siguiente artículo:

Cómo se computa la abstención, para la obtención de mayorías, en juntas de propietarios. | TU ADMINISTRADOR EN MURCIA

No está resuelto, porque abstenerse no es votar a favor o en contra, por lo que entiendo que se les debería dar una oportunidad como a los ausentes de 30 días para manifestarse, sino quedan esas abstenciones como en el limbo. Por otra parte, quiero consultar que uno de los votos al final positivo se dio de la siguiente manera:  

Un vecino llega tarde a la reunión cuando ya se había votado y se había pasado a otro punto del día, en ese momento decide votar NO a la instalación del ascensor, uno de los vecinos favorable al ascensor dice que va a impugnar ese voto, más tarde cambia de opinión y decide votar SI, se podría impugnar este voto? es válida esta votación? 

Los ausentes si están contra de la mayoría, su voto se cuenta como un NO sumándose a los votos negativos?

Las abstenciones son abstenciones. No hay que darles ninguna oportunidad adicional, porque ya la tuvieron, como el resto, que votó a favor o en contra.
La duda que queda es si las abstenciones no cuentan para nada o se suman al acuerdo.

El lío que comenta de quien llegó tarde, votó NO y luego votó SÍ es del todo irregular. Si llega tarde, en principio no debería votar. Y si la junta decide darle la opción, lo que no puede es votar en un sentido y luego en otro. ¿Todo este lio consta en acta? (Lo dudo, pero si no consta, ¿en qué basarían una impugnación?)

Respecto a los ausentes, sólo tienen la oportunidad de no sumarse a la mayoría. Es decir, que si no dicen nada, cuentan como a favor del acuerdo. Si se oponen, eso no pasa (pero no cuentan como en contra del acuerdo).

Sí consta en Acta, literalmente dice así: "Se hace constar que el propietario del .... (piso, nombre y apellidos) llegó una vez efectuada la votación y se pidió consentimiento a la comunidad para aceptar su voto, que fue en contra, posteriormente cambió el sentido de su voto, y se retiró de la reunión en ese momento.

Asimismo, el vecino del ...(piso, nombre y apellidos), indicó su deseo de impugnar dicha votación, por estar fuera del punto ya votado." 

Por lo tanto, está recogido en Acta y sí sería impugnable, no?  Qué plazo existe para impugnar este voto?  Habría que efectuarlo con abogado o valdría un simple escrito?  Gracias

Es un procedimiento judicial y necesita abogado y procurador. El plazo es de tres meses.

(Pero no se impugna un voto, sino un acuerdo).
Si tiene intención de impugnar, como necesitará abogado, consulte con uno, con toda la información en la mano, para que pueda valorar si tiene posibilidades de prosperar.

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