¿Puede efectuarse operación de venta de vivienda en notaría con anotación en registro de procedimiento hipotecario ya extinto?

He vendido mi casa con contrato de arras a la espera de tramitar a través del banco->procurador>juzgado->registro la cancelación de una anotación en las escrituras de inicio de procedimiento de ejecución hipotecaria. Este procedimiento ya no existe porque llegamos a un acuerdo con el banco (código de buenas prácticas) y actualmente estoy pagando la hipoteca con normalidad. El problema es que el comprador exige quitar esa anotación y el banco no sabe decirme cuándo será tramitado. Tengo miedo que venza el contrato de arras y tenga que pagarle al comprador la penalización. ¿Hay forma de puentear al banco y conseguir el papel del juzgado por otros medios? ¿Es posible realizar la venta en notaría a la espera del trámite del registro si el comprador acepta ante un ceritificado del banco de que ya no hay procedimiento de ejecución hipotecaria?

Respuesta

En el Juzgado figura un Auto de archivo, que será suficiente para cancelar la carga. Pida una copia autenticada, e inscríbala.

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