Como escriturar una propiedad a nombre de un hijo?

Hago una pregunta para una amiga que tiene una situación un poco complicada.
Su marido compró una casa movil en 2007. La casa la puso en un terreno Urbano que era propiedad de su abuela, la abuela vivió con ellos hasta que falleció. Al morir la abuela, la heredera única es la suegra de mi amiga ya que es hija única. Pero ella nunca ha escriturado nada a su nombre, sigue todo a nombre de la abuela. La suegra ya es mayor y está preocupada por qué va a pasar cuando ella falte ya que ella tiene otro hijo, que en teoría heredaría la mitad del terreno al fallecer ella. Ella quiere poner el terreno ya a nombre del otro hijo ya que tiene ahí su casa y es el que ha cuidado siempre de la Abuela y de la madre, ya que el otro hijo no va ni a verlas.
¿Cuál es la mejor manera? Sabemos que lo primero que tiene que hacer es poner todo a nombre de la suegra primero, y luego ya, ¿sería mejor que haga un testamento dejando sólo la legítima al otro hijo? ¿Qué haga una donación en vida? ¿Un contrato de compra venta?

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Respuesta

¿Si he entendido bien la casa está a nombre de la abuela que falleció verdad?

Entonces el primer paso sería mirar si hay testamento hecho cuando murió esa mujer y si no lo hay pues hacer en el notarios una declaración de últimas voluntades, y hacer la adjudicación de la herencia,

Normalmente suele ser para los hijos si los tiene la persona fallecida, si no es así pues para los hermanos de la misma, luego pasaría a los sobrinos por orden de sucesión etc.

En resumen: lo primero sería ir al notario público y ver quién hereda dicha vivienda.

Luego una vez aceptada esa herencia, si le pertenece a la suegra pues ella puede hacer un testamento en la notaría que es el trámite más barato que hay, puesto que todos los demás documentos y gestiones notariales son super caras .

En cambio un testamento por 30 eur lo haces y te quitas de problemas en el futuro cuando ella no esté.

En dicho testamento tiene que decir que quiere dejar la casa o el terreno o el dinero que ella tenga, lo que ella quiera a su hija o al hijo que tenga.

Eso sí, hay que saber que por ley siempre hay que dejar aunque sea la parte de la legítima a los hijos,

Salvo en algunas excepciones como por ejem:

Si ha existido malos tratos de los hijos a los padres, ya sea psicológico o físico.

Si existe abandono por parte de los hijos a los padres etc.

Si no ha ayudado en las necesidades básicas a padres dependientes discapacitados etc.

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