Mi hermano se puso de titular en la cuenta corriente de mi madre días después de que ella falleciera ¿Eso se es legal?

Mi madre, que era viuda, murió en febrero. Somos 3 hermanos y 2 vivimos en Barcelona y una vive en Andalucía, donde vivía mi madre. Fuimos al entierro y velatorio los dos hermanos pero yo tuve que volver al día siguiente del entierro por problemas de salud y mi hermano se quedó una semana más. Mi hermana estaba desde que murió mi padre, hace años, de titular con mi madre en la cuenta corriente, y unas semanas después de morir ella me enteré por mi hermana que mi hermano se había puesto también de titular, una vez mi madre ya había muerto, cuando yo me fui. ¿Eso es legal? ¿Mi hermana como titular que queda viva puede ponerle a él de titular, días después de morir mi madre, sin decirme nada, para que tenga acceso al dinero sin que se haya leído testamento?

Dentro de poco tenemos que ir a la lectura del testamento y últimas voluntades de mi madre a Andalucía y tenía entendido que desde que muere no se puede tocar la cuenta corriente a no ser que sea para pagar gastos derivados por la muerte (entierro, lápida o similares)

La cuestión es que cuando murió mi padre se hizo testamento, porque no había, y se repartieron entre los 3 hermanos las tierras y propiedades ya que estaban a nombre de mi padre, a mi hermano se le dio a escoger su parte, y eligió una cuadra que está en mal estado junto con un trozo de terreno, y mi hermana y yo nos quedábamos con unos terrenos y la mitad de la casa de mis padres cada uno (mi madre en vida tenía el 33% en usufructo de la casa).

Pero mi hermano, sin ser para él la casa, y como quiere ir cada verano y en Navidades, ha decidido junto con mi hermana que el dinero que hay en la cuenta se deje para comprar cosas para la casa (estufas, colchones y arreglar cosas a su antojo) cuando la casa no es para él, es la mitad mía y la otra mitad de mi hermana ¿Si mi hermana que tiene el 50% quiere dejarle hacer todo eso, puede? ¿O necesitan mi consentimiento también al ser yo dueño de la mitad de la propiedad?

Hemos tenido problemas personales entre los hermanos y yo no quiero que mi hermano vaya a la casa cuando quiera y haga, cambie o instale en ella lo que quiera porque no es suya (se le dio a escoger en su día su parte y eligió otras propiedades, pero quiere tener acceso a todo) tampoco quiero que pueda ir en vacaciones con su mujer e hijos ¿estoy en mi derecho de no dejarle habitar esa casa ya que la mitad es mía?

Tuve que vender las tierras que heredé de mi padre y eran de mi propiedad porque necesitaba el dinero hace un par de años, aún estaba viva mi madre y todos se enfadaron, tengo dudas si, aunque ya estuvieran firmadas las escrituras de la casa, después podrían haber ido mi madre, antes de morir, con mis 2 hermanos y haber modificado las escrituras de la casa para quitarme mi parte ¿eso lo podrían hacer si ya estaban firmadas y todo hecho con el notario? Mi madre sólo tenía el usufructo... Y supongo que si quisieron modificar el testamento de mi madre, al no tener ella propiedades, solo podría haber modificado la parte del dinero, ¿pero yo como hijo hay una parte que tengo derecho por ley del dinero?

Tengo dudas de qué podrían modificar y qué no legalmente y qué puedo exigir al ser yo propietario del 50% de la casa...

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Tienes el mismo derecho que tus hermanos .

En vida de tu madre podrian ponerse en su cuenta tus hermanos .

Una vez ocurre el fallecimiento lo normal es que la cuenta queda bloqueada . Tienes que solicitar las ultimas voluntades ante notario y todo es a partes iguales, si hay testamento todo es mas facil.

En caso de necesidad tienes que contratar un abogado de confianza, ya que para ti sola se presenta una herencia confictiva, ya veras como todo se arregla, de momento a ellos no le firmes nada que no sea ante notario .

Muchas gracias por tu respuesta

Cuando dices que tengo el mimo derecho que mis hermanos ¿a qué derecho te refieres, de la casa? La casa es propiedad de mi hermana y mía, ya tenemos las escrituras hechas,  mi madre tenía sólo el usufructo...

Pues me enteré que cuando se quedó allí mi hermano se puso como titular, y empezó a decirnos de dejar todo el dinero en la cuenta para arreglar la casa (que ni si quiera es suya) y yo quiero mi parte del dinero...

Es un pueblecito muy pequeño y pienso que como los del banco los conocen de toda la vida quizá por eso fueron los dos y lo pusieron de titular o no le dijeron que mi madre estaba muerta aún... pero entonces eso es ilegal no?? Por parte de mis hermanos y del banco? Entonces qué acciones puedo emprender? 

Respecto al testamento entonces tengo que ir de Barcelona a allí a Andalucía, a donde hizo el testamento, para pedir una copia? Pero me dijeron mis hermanos que ya me dirían cuándo tienen hora para ir... creía que tenemos que ir los 3 a pedirlo y se nos explique... ¿o yo como hijo tengo derecho que me den una copia en cualquier momento sin la presencia de mis hermanos?

En tema de la casa, si yo tengo el 50% de la propiedad ¿sabe si tengo derecho a denegar el acceso a la vivienda a mi hermano que no tiene ningún porcentaje? O si mi hermana le deja ir tengo que acceder...?

Muchísimas gracias por su ayuda 

Despues del òbito la cuenta queda bloqueada aunque el banco y tus hermanos esten de acuerdo, es apropiacion indebida, por tanto aunque retiren dinero tienen que restablecerlo como estaba el dia y la hora del òbito .

La distancia no te ayuda para manejar mejor la situacion, por esa razòn tus hermanos estan saltando la Ley.

Mientras la casa sea de las dos no podras prohibir la entrada a tu hermano, si tu hermana lo invita .

De todas formas 1° Tienes que saber que cantidad de dinero habia en el banco a la hora del òbito, para declararlo en la herencia y asi poder cobrarlo.

Y es el banco el que esta obligado a decirte la cantidad es su obligacion, tienes que entrar y diregirte al director, son muy reacios a dar esta informacion algunos bancos .

Esta mas que claro que tus hermanos no se estan portando como tal !

Si un dia quieres que la casa sea tuya, puedes pedir ( Division de la cosa ) La casa sale a subasta pujas y te la quedas, solo tienes que pagarle a tu hermana la mitad .

Espero haberte ayudado aunque te serà dificil, piensa que nada es imposible .

Muchas gracias. 

Lo que no me queda claro es que si la casa es de mi hermana y mía,  está vacía normalmente y yo decido ir a pasar un mes de vacaciones, si ese mismo mes que es en agosto mi hermano (que no es de su propiedad) quiere ir también, si yo la estoy habitando durante ese periodo puedo no dejarle que la habite?

Tendríamos que compartir todo menos el dormitorio, ya que la casa es pequeña y no nos hablamos y queremos pasar un mes de vacaciones en mi casa tranquilamente... aunque mi hermana le diga que puede ir (ella vive en otra casa con su familia) ¿yo puedo negarle que la habite mi hermano durante mi estancia?? Sólo hay un baño pequeño para toda la casa, una cocina, un comedor, una televisión... yo no quiero compartir mis vacaciones con él!! Y menos si no es de su propiedad... 

Si es educado no tendria que eSi star en la casa .

Ya que segun nos dices el ya tiene otras propiedades heredadas no tiene porque ocupar la casa .

Gracias por tu respuesta.

Aunque creo que la cuestión no es por educación, ya que educado no lo es que digamos... y él ya está preparando cosas para llevarse a la casa, quiere comprar con el dinero de la cuenta de mi madre cosas para la casa, colchones nuevos, arreglar cosas, e instalar una estufa... vamos que quiere seguir como cuando estaba nuestra madre que iba cuando quería... lo pregunto por saber qué dice la ley, ya que por educación ya ves que no hay, y le da igual que no sea de su propiedad... ya está metiendo mano y decidiendo cosas que creo que no le pertocan a él decidir en una casa que no es de su propiedad...

Tendras que decirle que si no cumple la ley demandarlo y eso le cuesta dinero a el y a ti .

Mejor arreglar las cosas hablando pero si no hay solucion tendràs que acudir a un abogado de confianza que te ayude .

Almenos se lo dices clarito !

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Las herencias son complicadas, habría que ver el testamento y las escrituras, en cuanto a lo del banco debe de bloquear la cuenta una vez fallecida su madre, nosotros podríamos asesorarle ya que contamos con abogados especialistas en derecho hereditario, puede ponerse en contacto con nosotros a través de los datos que figuran en nuestra web www.masqueabogados.com por mail a [email protected] o por teléfono al móvil 722 78 96 66 Un saludo

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En el tema de los testamentos hay mucha leyenda urbana, en España no se leen los testamentos, nada más que en las películas, cuando fallece una persona, se pide el certificado de ultimas voluntades y allí aparece, si lo hizo, su último testamento, lo que faculta a los interesados para pedir una copia al notario que lo otorgó.

No puedo creer que un banco, una vez fallecida una de las titulares de una cuenta, haya autorizado la introducción de una tercera persona como titular de esa cuenta. El banco debe congelar ese saldo hasta que se acredite quienes son los herederos del fallecido.

No se puede modificar la propiedad de un inmueble si no es con la autorización y firma de los propietarios.

Si desconfía de sus hermanos tendrá que buscar un abogado que solicite al juez las medidas necesarias para proteger la herencia de su madre.

Muchas gracias por su respuesta

Pues me enteré que cuando se quedó allí mi hermano se puso como titular, y empezó a decirnos de dejar todo el dinero para arreglar la casa (que ni si quiera es suya)

Es un pueblecito muy pequeño y pienso que como los del banco los conocen de toda la vida quizá por eso fueron los dos y lo pusieron de titular o no le dijeron que mi madre estaba muerta aún... pero entonces eso es ilegal no?? Por parte de mis hermanos y del banco? Entonces qué acciones puedo emprender? 

Respecto al testamento entonces tengo que ir de Barcelona a allí a Andalucía, a donde hizo el testamento, para pedir una copia? Pero me dijeron mis hermanos que ya me dirían cuando tienen hora para ir... creía que tenemos que ir los 3 a pedirlo y se nos explique... ¿o yo como hijo tengo derecho que me den una copia en cualquier momento sin la presencia de mis hermanos?

En tema de la casa, si yo tengo el 50% de la propiedad ¿sabe si tengo derecho a denegar el acceso a la vivienda a mi hermano que no tiene ningún porcentaje? O si mi hermana le deja ir tengo que acceder...? 

Muchísimas gracias por su ayuda 

Contesto a sus preguntas:

1.- Como suele decirse, si es un pueblo pequeño, "más a mi favor", ya que el director del banco conoce perfectamente la situación personal de sus clientes, cosa que no ocurre en una gran ciudad. Debería llamarlo por teléfono y manifestarle esa preocupación, anunciando, sin amenazas, que no le gustaría tener que tomar medidas más contundentes.

2.- En cuanto al testamento lo primero que tiene que averiguar, mediante el certificado de ultimas voluntades, dónde fue otorgado, salvo que sus hermanos ya lo tengan y le proporcionen una copia.

3.- En cuanto a la casa es el típico problema de las cosas que se tienen "a medias", legalmente para usarla deben estar ambos de acuerdo, pero si su hermana autoriza la entrada a alguien, para evitarlo, usted debe acudir al juez, con lo que ello significa de coste no solo económico.

Y dónde puedo pedir entonces el certificado de últimas voluntades? ¿aquí en Barcelona o tengo que ir allí a Andalucía expresamente? 

Me dijo mi hermano hace poco que les darían día y hora para ir (supongo que a por el testamento) y me avisarían para ir a Andalucía... Yo sé dónde hizo el testamento ya que como le dije es un pueblecito muy pequeño... gracias por ayudar estoy bastante perdido...

El certificado de últimas voluntades lo expide el ministerio de justicia, puede pedirlo desde cualquier sitio, es un estanco le explicarán cómo.

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