Buenas,tengo alquilado un local.

Comentarles que si en un contrato de alquiler de negocio por un periodo de diez años, al año me comunican la excision del mismo, que obligaciones tendria por incumplimiento de los nueve años restantes. Es una duda que espero me la resuelvan.

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Si el inquilino decide marcharse antes de cumplir el plazo pactado, usted puede exigirle una indemnización, normalmente será el importe de los alquileres correspondientes al tiempo que tarde en buscar nuevo inquilino.

Gracias Pedro por su rápida respuesta, hay jurisprudencia que apoye esa información,imagínese que no vuelvo a alquilar en cinco o seis años,¿tendría que hacer el abono como si estuviese con la actividad?.

Hay abundante jurisprudencia al respecto, en definitiva usted puede reclamar al inquilino los perjuicios que le haya ocasionado y usted pueda acreditar, el ejemplo que le he puesto es el más común.

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Habría que ver el contrato de alquiler, nosotros somos abogados puede ponerse en contacto con nosotros a través de los datos que figuran en nuestra web www.masqueabogados.com por mail a [email protected] o por teléfono al móvil 722 78 96 66

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