Contrato de alquiler de vivienda amueblada

Hizo un contrato de alquiler de vivienda amueblada en Barcelona el pasado mes de junio 2008. Creo que puedo ahora subir el alquiler. Mirando la web de INE (instituto national de estadisica) parece que el alquiler ne se puede subir porque el IPC esta a -1.
¿Tengo qué bajar la renta?
Un cordial saludo Silvano
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A los alquileres que vencieron a primeros de junio, les corresponde actualizarse con el IPC de abril (el último IPC que había publicado a primeros de junio) y era -0,2%
La renta puede ser actualizada por cualquiera de las partes. Normalmente es la parte interesada la que actualiza la renta, el arrendador cuando sube, y el inquilino en momentos como el de ahora que baja.
El -1% que usted menciona (IPC de JUNIO) se aplica a los alquileres que cumplen años la segunda quincena de julio o los primeros días de agosto.
Me parece increíble que el alquiler pueda bajar pasada 1 anualidad. He leído también en todoexpertos que para los aliquileres hechos en el 2008 el tipo de interés que tendría que aplicar es +2%.
¿Qué significa? Le agradezco mucho. Silvano
Los alquileres se actualizan aplicando el IPC GENERAL NACIONAL del último mes publicado en el momento en que se cumpla la anualidad.
Ahora mismo el último publicado es el de JULIO (-1,4%) pues los alquileres que se actualicen de aquí a que publiquen el siguiente IPC se deberán BAJAR un 1,4%.
Las cosas son así. Yo también soy arrendadora y es algo que debemos asumir.
Cuando sube el IPC se sube la renta y cuando baja el IPC se baja la renta.
Eso que dices que has leído no sé ni dónde ni a qué se refiere. La actualización de los alquileres se hace como te he dicho.
Tu dices que cuando sube el IPC se sube la renta y cuando baja se baja la renta. ¿Te refieres al IPC del ultimo trimestre? ¿Por un aliquiler hecho el 1 de septiembre 2008 el arrendador tiene que esperar la publicación en octubre 2009 y ver se el IPC del tercer trimestre ha bajado o subido?
Por ultimo para precisarte lo que he leído: el experto fromista el 2 avril 2009 hablando de la revisión salarial del convenio 2009 decía que la revisión debía ser el IPC previsto para el 2009 es a decir el 2% más un 1,5% porque hablaba del convenio.
Par ser más claro: ¿El arrendador durante el 2009 tiene que mirar el IPC del ultimo trimestre o la media de IPC anual del 2008?
Un saludo Silvano
Perdona había leído con prisa tu respuesta de hoy. Leiendola la secunda vez te he comprehendido. Tiens que aplicar el indice national y no provincial que se conoze cuando se actualiza la renta porque ha cumplido la anualidad.
Un cordial saludo Silvano

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