¿Me puedo empadronar en mi casa que no vivo tras divorcio?

En el caso en que tras una sentencia de divorcio, custodia a la madre y uso del domicilio familiar para la madre en beneficio del (entonces) menor, una vez que el hijo ya es mayor de edad, (se supone que acaba la custodia y el uso y disfrute de ese domicilio en exclusiva para la madre), el padre no custodio puede empadronarse en esa casa, ¿qué tambien es propiedad suya?

2 respuestas

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Usted debe empadronarse donde resida. Y si reside en más de una vivienda, donde pase más tiempo.

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Esa cesación del uso a favor de la madre, debe declararla el juez, que le reconoció ese derecho.

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