Herencia de un piso , si mi padre se vuelve a casar

Mi madre falleció hace 5 años, somos 3 hermanos y el piso es de mi padre. Resulta que mi padre se quiere volver a casar y nos ha dicho de poner el piso ya a nombre de mis hermanos y mío.

Mi pregunta es, el día que fallezca mi padre la que será su mujer tiene algún derecho sobre el piso, o de lo contrario si ya no está a nombre de mi padre, ella ya no tiene ningún derecho.

2 respuestas

Respuesta
1

Respecto a un piso hay dos variantes, vivienda familiar o conyugal, y otras viviendas en propiedad de la persona.

Entiendo que hablamos de la vivienda de tu padre, que sería la conyugal. La ley establece que la mujer, su esposa, tiene el derecho de usufructo, o sea vivir en esa vivienda y disfrutar de todos sus enseres. Fallecida ella, ese bien se convertiría en un bien sujeto a ley de herederos, o sea reparto entre los hijos tal como señala el Codigo Civil para estos casos.

Gracias por tu respuesta,  si el piso se pone a nombre de mis hermanos y mío , y mi padre simplemente vive en el sin que este a su nombre, a ella también le pertenece el usufructo?

Gracias 

Lo de "poner el piso a vuestro nombre" suena bien hasta que te lees la partitura, eso no es tan simple.

¿Estamos hablando de dejarlo establecido en la herencia? ¿De regalaros el piso en vida? Si mi padre pone su piso a mi nombre, soy el propietario, y Hacienda empieza a frotarse las manos por ese enriquecimiento que he tenido. ¿Estaríamos hablando de una venta por lo mínimo? ¿De una donación? ¿Una transmisión? Todo eso "pasa por caja".

Si el piso acaba siendo vuestro, de los hijos, en propiedad... ¿en calidad de que lo habita vuestro padre? ¿Alquilado aunque sea con un contrato de comodato? ¿Okupa? Es que en esto también mete las narices el estado. No siendo el piso de vuestro padre, su esposa no puede tener derecho de usufructo sobre una vivienda que no es propiedad de su difunto esposo. Pero, repito, ambos, padre y esposa, han de vivir en vuestro piso bajo alguna condición más que "porque les dejamos".

Y habría que estudiar otro punto, que desconozco. Si padre y esposa ya vivien en el piso, siendo este del padre aún, y el padre decide donárselo a sus hijos, haciéndolos propietarios... no creo que la ley no haga valer algún derecho de esa esposa, ya que si los hace valer a la hora de heredar.

En este caso mi padre quiere arreglar papeles y donarnos el piso en vida ,pagando lo que le corresponda a hacienda.

Y luego casarse.

Gracias 

Por que si firmamos.un documento ante notario , desvinculandose del piso y poniendo que ella no quiere nada, valdría o podría decir que ha sido coaccionada para firmar?

El tema está en que esta señora es 30 años más joven que mi padre, de ahí viene el que queramos brindarnos sobre un posible engaño o matrimonio de conveniencias 

Mi idea seria esta:

Que os done el piso, y acabe siendo vuestro antes que se case.

Le alquiláis el piso con un contrato de comodato, que viene a ser coste cero, y renovais el contrato a tan corto plazo como permita la ley.

Creo que así, queda legalizada la adquisición del piso por vosotros, queda legalizada su residencia en dicho piso, y ella no tendría derecho alguno a la muerte de vuestro padre sobre un piso en el que viven de alquiler.

Muchísimas gracias por todo, me parece una buenísima solución,  te informaré de lo que vayamos haciendo. 

Has sido muy amable, saludos.

Hola, perdona que te vuelva a molestar. No había comentado que vivo en Catalunya, aquí existe lo de la separación de bienes. Esto nos puede ayudar en algo ?

Gracias .

Buenos días,  perdona que te vuelva a molestar. Al final hemos decidido poner el piso a nombre de mis hermanos y mío. Que el se vaya de alquiler a otro piso, nosotros alquilaremos nuestro piso y con el dinero que saquemos pagaremos el piso de alquiler donde se vaya mi padre.  De esta manera si después de casarse con esta mujer, las cosas no le van bien , siempre tendrá un piso donde volver.

Es que lo q a nosotros nos gustaría es que el no se tuviese que ir de casa, pero nos han dicho que luego un juez no la querrá echar a ella del piso ya que la consideraría vivienda familiar , y si ella no dispone de medios, la dejaría viviendo en el piso.

Como ve el que lo hagamos así?

Muchas gracias y un saludo.

Vuestra resolución parece acertada si os resulta viable. "Mucho miedo" con eso que planteas de por donde saldría un juez, y más hoy en día con el "empoderamiento femenino".

Perdona el super-retraso, hace siglos que no entro aquí, hasta olvidé la contraseña.

Respuesta
1

Tendríamos que saber si la vivienda, era bien ganancial o privativo.

Si es ganancial, la mitad que es de la madre ya es vuestra y la otra mitad de vuestro padre.

Si es privativa sois herederos vosotros de la vivienda cuando fallezca el padre

En estos casos, como el impuesto de sucesiones, es el mismo que el de donaciones, pues muy fácil, vuestro padre os hace donación a vosotros, pagáis el impuesto y adquirís la propiedad.

Si el padre quiere seguir viviendo en la casa con su nueva pareja, pues se lo alquiláis, o si no va a vivir en esa casa, que se busque otra el padre con su nueva pareja.

Lo que parece ser os interesa es adquirir vosotros la vivienda, sin obstáculos

Muchísimas gracias por tu respuesta,  nos sirve de gran ayuda

Buenos días,  perdona que te vuelva a molestar. Al final hemos decidido poner el piso a nombre de mis hermanos y mío. Que el se vaya de alquiler a otro piso, nosotros alquilaremos nuestro piso y con el dinero que saquemos pagaremos el piso de alquiler donde se vaya mi padre.  De esta manera si después de casarse con esta mujer, las cosas no le van bien , siempre tendrá un piso donde volver.

Es que lo q a nosotros nos gustaría es que el no se tuviese que ir de casa, pero nos han dicho que luego un juez no la querrá echar a ella del piso ya que la consideraría vivienda familiar , y si ella no dispone de medios, la dejaría viviendo en el piso.

Como ve el que lo hagamos así?

Muchas gracias y un saludo.

Donación del padre a los hijos y se pagan los impuestos, como si de un fallecimiento se tratare y ya es vuestro

Si el padre se busca otro piso en alquiler, eso ya es problema de la nueva pareja

Y caso de que la pareja se ropa, siempre puede volver al piso que es vuestro, y se lo dejáis al padre

Muchas gracias por tu respuesta. 

Saludos 

Y si lo alquuilais, poner la clausula, de que caducara el contrato si se necesita para los titulares o el padre de los titulares y así en cualquier momento se puede cancelar el contrato, que ya sabes es mínimo para 5 años.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas