Deducción por alquiler como vivienda habitual, inquilino no se empadrona

En el caso de un contrato de alquiler para uso como vivienda habitual incluído así en el contrato. Si el inquilino ni se empadrona ni declara la vivienda como su vivienda habitual en la declaración de la renta.

¿Qué consecuencias tiene para el arrendador y/o para el inquilino? Porque el arrendador se deducirá la mitad de los impuestos pero si la Agencia Tributaria coteja los datos verá que el inquilino no tiene su vivienda en dicho piso.

La lógica me hace pensar que la Agencia Tributaria se dirigiría contra el arrendador y el arrendador podría reclamar los impuestos de más al inquilino.

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Como norma general, si el contrato es de arrendamiento de vivienda habitual, el propietario puede aplicar los beneficios fiscales de este tipo de contrato.

Muchos arrendamientos no se pueden deducir en la RENTA y los inquilinos no los declara.

Usted no puede obligar al inquilino a que se empadrone o declare. Usted tiene que hacer su parte.

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Si el contrato que usted firmó es de arrendamiento de vivienda, no debe tener ningún problema con la Agencia Tributaria, a no ser que esté ocurriendo lo que se describe aquí:

Extinción del alquiler de vivienda por subarriendo inconsentido

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