¿Se puede hacer contrato arrendamiento de una local para una actividad empresarial (S.L.) a nombre del administrador?

Recientemente hemos alquilado un local para una actividad empresarial ejercida por una sociedad limitada con personalidad jurídica.

El propietario hizo el contrato a nombre del administrador y socio de la S.L. Y lógicamente emite las facturas a nombre de este en vez de a la S.L. Entiendo, que de esta forma no podemos deducir ni el gasto ni el iva del gasto del alquiler.

Le hemos comentado varias veces que lo cambie, pero se niega y dice que ella lo declara a nombre del socio.

¿Esto es legal? ¿Qué puede pasar ante Hacienda si nosotros lo declaramos a nombre de la S.L.? La S.L. Es un comercio al por menor y es el único local que tiene a su disposición

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Es un problema de origen, ese contrato estuvo mal redactado o bien la propiedad no quería alquilar a una SL. Ahora no pueden obligar a la arrendadora a que modifique ese alquiler, por otra parte la Agencia Tributaria no les va a permitir que lo consideren alquiler de esa sociedad.

Si no han renunciado al derecho de cesión o subarriendo esa podría ser la salida, lea el Artículo 32. Cesión del contrato y subarriendo de la ley de arrendamientos urbanos.

Efectivamente, no se el motivo, pero no lo quiso redactar a nombre de la S.L. y hay una clausula donde se especifica que no se puede ceder ni traspasar el local arrendado.

¿Y si lo declara la S.L.? Cuando Hacienda cruce datos con el modelo 180, podemos demostrarles que es donde se ejerce la actividad. Esta claro que en algún local hay que desarrollar la actividad que por otro lado, todos los trimestres le esta pagando un IVA

Ma da la impresión de que la arrendadora "no se fía" de la solvencia de esa SL, pero lo cierto es que la sociedad es el inquilino de ese local, debería haberse formalizado de otra manera, ahora podrían llegar a un acuerdo en que la arrendadora "ceda" para que ustedes puedan considerar ese alquiler como gasto y el IVA de los alquileres como soportado, la Agencia Tributaria puede no admitirlo en la sitaución actual.

Si claro. Seguramente no se fia por el tema de las responsabilidades, en caso de impago.

Intentaremos negociar con la propietaria para ver si cede y cambia.

Muchas gracias

La solución más correcta es que la SL sea inquilino y el actual sea fiador.

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