Entrega vivienda nueva. Antena parabólica. Revisión memoria calidades

Estando próxima la entrega de una vivienda de nueva construcción, y teniendo en cuenta que en la memoria de calidades se incluye instalación de antena parabólica, ¿cómo podría comprobar la existencia de la misma? Disculpen mi ignorancia pero no entiendo nada de ese tema.

En dicha visita, la constructora tendría que tener disponible agua y luz de obra para poder hacer ciertas comprobaciones, como subir las persianas eléctricas o abrir los grifos, ¿por ejemplo?

Además de lo que es habitual, posibles humedades, cerramientos, ... ¿qué me aconsejan comprobar en dicha primera visita?

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Puede usted comprobar la veracidad de todo lo que le hayan indicado previamente (en memoria de calidades, correos, publicidad, etc.); pero además deberá prestar especial atención a una serie de temas:

- Licencia de habitabilidad o primera utilización (el nombre varía en función de la Comunidad Autónoma). Si no la tiene, el edificio aún no está finalizado a los efectos legales y en teoría no podría ir a vivir a el, contratar servicios, hipoteca, etc.

- Libro del edificio. Recoge la documentación del proyecto, dirección de obra, certificados, seguros, mantenimiento e instrucciones.

Además en la visita compruebe el correcto funcionamiento de todo, los acabados, medidas, etc.

En relación a las instalaciones, una parabólica (aparte de normalmente ser visible en la cubierta) tiene que tener una conexión en el armario específico (habitualmente cerca de la parabólica en el interior) y un terminal de antena en su vivienda.

Puede que exista conexión de electricidad y agua de obra, con lo que podrá hacer comprobaciones; en caso contrario habrá que dar de alta la instalación y hacer los contratos oportunos.

Si detectase algún problema a posteriori tiene un año para reclamar por los acabados, tres años para reclamar por las instalaciones y diez por los problemas estructurales. Por eso es importante el Libro del Edificio, ya que en el se debe recoger el Seguro Decenal, que cubre esos problemas.

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En el momento de la entrega el adquirente tiene derecho, y debe ejercerlo, de comprobar todo lo que le parezca necesario.

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