Soy fijo discontinuo, en mi contrato pone duración estimada anual de siete meses, ¿Tengo qué trabajar si o si 7 meses no?

Tengo que trabajar estimadamente siete meses al año pone mi contrato, tendría que empezar a trabajar máximo el 1 de junio... Para hacer esos siete mesew, aunque como monto festivales(aunque mi contrato no pone nada de que monte festivales pone mantenimiento industrial y agrario) como por el covid no se hacen festivales la empresa dice que no me llama para trabajar(osea hacer un erte) y que no tiene la obligación de llamarme a trabajar, aunque en el contrato ponga duración estimada 7 meses.

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Sería cuestión de analizar su contrato y ver específicamente la tarea para la que se le contrata. Si no es la de montar festivales, ¿Cuál indica?

Por otro lado, el Gobierno adoptó medidas para este tipo de situaciones:

En el Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, se contemplan medidas extraordinarias en materia de protección por desempleo a las personas trabajadoras fijas-discontinuas y a las que realizan trabajos fijos y periódicos que se repiten en fechas ciertas

Las personas trabajadoras fijas discontinuas y aquellas que realizan trabajos fijos y periódicos que se repitan en fechas ciertas, que se encuentren en periodo de inactividad productiva, y por ello, a la espera de la llegada de la fecha en la que procedería su llamamiento y reincorporación efectiva de no mediar la crisis del COVID-19, podrán beneficiarse también de las medidas dispuestas en el apartado 1 del artículo 25 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

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