He visto tu consulta sobre la pluriactividad y ERTE, ¿Has encontrado respuesta?, estamos en la misma situación.

He visto tu consulta sobre el ERTE en pluriactividad. Yo me encuentro en la misma situación, mi empresa iba a realizar un ERTE, al final lo han denegado porque según el gobierno, podemos seguir trabajando. Conforme están las cosas, puede que se restrinjan todavía más los trabajos, por lo que intento anticiparme y saber si mi empresa realiza un ERTE, puedo cobrar el paro que me pertenece aunque siga dado de alta en Reta o tengo que cesar actividad. Lo que si sé, es que las bonificaciones no las perderíamos. Puedes contestarme por correo o por WhatsApp a [email protected] o al 609579031.

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Cómo solicitar el paro por ERTE

¿Dónde tengo que acudir para solicitar el paro?

La solicitud para el paro se puede entregar mediante correo administrativo, en la sede electrónica del SEPE y pidiendo cita previa en la oficina de prestaciones. Debido a las restricciones por el estado de alarma, no se puede realizar el trámite de forma presencia, pero en cambio sí se puede acudir a la atención telefónica. En este apartado el SEPE facilita todos los números de teléfono relevantes.

¿Cuánto paro se puede cobrar tras un ERTE?

Los afectados por un ERTE justificado por el coronavirus no tendrán que haber acumulado un año de trabajo previo y tienen derecho a una prestación del 70% de la base reguladora durante los seis primeros meses y del 50% de esa base reguladora después de este periodo. En todo caso, hay unas cantidades máximas: 1.098 euros al mes para personas sin hijos, 1.254 para las personas con un hijo y 1.411 para las que tienen dos.

¿Qué es la base reguladora?

Se trata de la medida de referencia para establecer la cuantía de las prestaciones. Para este caso concreto, la base reguladora diaria se obtiene después de calculando la media de la base de cotización por la contingencia de desempleo correspondiente a los últimos 180 días trabajados, teniendo en cuenta los días naturales de cada mes.

¿Cuándo se cobra el paro por ERTE?

Como el resto de las prestaciones por paro, el SEPE informa de que su pago "se realizará por mensualidades de 30 días o por el periodo inferior que, en su caso, corresponda, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al mes del devengo".

¿Puedo cobrar el paro teniendo un empleo de media jornada?

En caso de estar cobrando el paro por ERTE y de tener la posibilidad de desmepeñar un trabajo a media jornada, el SEPE establece que puede optar por suspender su prestación o compatibilizarla, en su caso.

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