Estando en un ERTE de reducción de jornada 50 %, ¿Puedo trabajar 8 horas en otra empresa?

Estando en un ERTE de reducción de jornada del 50 %, ¿puedo trabajar 8 horas de forma temporal en otra empresa sin renunciar a la parte que cobro del Inem y sin riesgo a perderla cuando se me acabe dicho trabajo?

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Si estas inmerso en un ERE de reducción de la jornada laboral puedes trabajar en otra empresa sin ningún problema y estarías en situación de pluriempleo pero no podrías compatibilizar EL TRABAJO CON LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO porque el trabajo a tiempo completo y el trabajo por cuenta propia es incompatible con la prestación por desempleo porque cualquier trabajador puede causar alta en otra empresa sin necesidad de causar baja en la empresa de origen, donde tiene el ERE. Se trata de una situación de pluriempleo, que es perfectamente legal. El trabajador únicamente tendrá que comunicar a la empresa y al SEPE (INEM) su nueva situación de alta en la empresa. Con esto, se cortará la prestación de desempleo, pero la empresa de origen tendrá que mantener el alta del trabajador, cotizando por base mínima de su grupo. Se mantienen, en este caso, los derechos del trabajador respecto a un posible cese involuntario en la empresa de origen. De todas formas aquí te dejo el numero de teléfono del SEPE por si quieres hacer alguna consulta al respecto. Espero que la respuesta te sirva de ayuda, lo único que te pido, es que no dejes de valorar la respuesta como consideres oportuno, pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta muchas gracias y un saludo..

Muchas gracias por la respuesta.

El caso es que el trabajo por horas a lo mejor es para un mes o dos como mucho. Entonces la gran duda es: si corto la percepción por desempleo, ¿una vez pasado este tiempo en que situación me voy a encontrar? ¿Voy a poder volver a percibir la parte prestación correspondiente al ERE? Porque de no ser así, me temo que no me va a interesar cogerlo.

Muchas gracias de antemano por la atención.No te preocupes por la valoración, no me olvidaré de ello.

Tu antes de comenzar a trabajar tienes que comunicarlo en la oficina donde estés inscrito como demandante de empleo paran que te interrumpan el pago de la prestación, y al mes o los dos meses según el tiempo que dure el trabajo dispones de 15 días hábiles para solicitar la reanudación de la prestación que tenias antes de comenzar a trabajar en la ultima empresa por la misma cuantía que tenias antes de comenzar a trabajar y las cotizaciones generadas durante el mes o los dos meses del ultimo contrato de trabajo se reservan junto con las cotizaciones que vallas generando con otros contratos de trabajo para cuando te vuelvas quedar en situación de inactividad ya sea por un ERE o por la extinción del contrato de trabajo.. Un saludo y buena suerte..

http://www.citapreviainem.es/baja-en-el-paro/

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