Escritura obligatoria en consolidación de dominio?

Tengo que consolidar dominio en Cataluña, por fallecimiento del usufructuario.

He leído en varios foros que « en principio » no es necesario hacer escritura, sino presentar una instancia junto con el modelo 600 en el registro.

¿Puede obligarme el registro a hacer escritura?

Respuesta

Debe pedir la cancelación del usufructo en el Registro de la Propiedad y pagar la tasa. En el mismo Registro le informarán de qué documento presentar.

Quedamos a su disposición,

Pedralbes abogados

1 respuesta más de otro experto

Respuesta

Puesto que el usufructo se extingue con el fallecimiento del usufructuario, debe bastar, en mi opinión, que usted acredite esta circunstancia con el certificado de defunción y el justificante de haber liquidado el impuesto por extinción de ese usufructo.

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