Autónomo, modelo 130 e IRPF con epígrafe profesional

Soy autónomo, inscrito bajo el epígrafe 665 (empresarial) y ahora para facturar un servicio, me di también de alta en el epígrafe 751 (profesional).

Cada trimestre hago el modelo 130, ya que por el epígrafe empresarial me toca hacerlo. Mi duda viene con la factura que he hecho del servicio profesional, donde he retenido un 15% de IRPF tal como debe hacerse (30€ han sido). Mi pregunta es ¿Qué debo hacer con esos 30€? ¿Debo restarlos de la casilla Nº 4 del modelo 130 donde se calcula el 20% del rendimiento neto?

Y otra duda: Entiendo que, si la factura ha sido en total de 212€, esta factura no debo incluirla en los ingresos del modelo 130, ¿Verdad? Ya que entiendo que si la incluyo, estaría pagando el IRPF dos veces.

Respuesta
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Esa retención que le ha hecho a su factura el cliente, debe deducirla del pago fraccionado que va a hacer con el 130.

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