Convenio Despachos de Estudios Técnicos, Reducción de Jornada por Cuidado de Menor y más

Trabajo en una empresa muy pequeña (5 trabajadores y el jefe) en Barcelona, desde hace unos 9 años. Nunca se ha mencionado el convenio, pero yo no paro de oír a amigos que tienen más días libres por si convenio.

Mi contrato dice Convenio de Despachos de Estudios Técnicos. He buscado en internet y he encontrado uno que dice que el máximo de horas anuales a trabajar son 1772 y que tenemos 23 días de vacaciones.

El caso es que:

- A nosotros nos dan 22 días de vacaciones

- Si cuento el número de días útiles del año, le resto los 22 de vacaciones y los 12+2 festivos, y todo lo multiplicó x 8, salen 1824, 52 más que el convenio.

- Además, tengo reducción de jornada por cuidado de menor de 1/8 de jornada.

Preguntas:

- ¿El convenio es de obligado cumplimiento?

- ¿Significa esto que MIS horas anuales serían de 1772/8x7? T podría tener más días libres?

- En el convenio hablan de plus x idiomas. ¿Si me contrataron por hablar inglés x que hablamos inglés en el despacho tengo derecho al plus?

- Antigüedad, estoy en el despacho desde el 2010, aunque tuve una excelencia de un año x cuidado de menor. ¿Tengo derecho a un extra?

- Aumentos anuales, aparentemente cada año aumentan el salario. ¿Esto es al mínimo interprofesional y si estás sobre el mínimo no te tienen que aumentar?

- Hablan también de 18 horas anuales retribuidas para poder ir al doctor con hijos o para uno mismo, ¿es esto cierto?

1 Respuesta

Respuesta

Voy a contestarle en orden correlativo a las preguntas planteadas:

1. Si, el convenio es de obligado cumplimiento, siendo lo escrito en el convenio el mínimo que el empresario debe cumplir.

2. El convenio, como mencionas anteriormente, habla de un máximo de horas para trabajar, en este caso con tu guarda legal, no superas esas horas, por lo tanto la exigencia es diferente. Pero como norma general, si, la jornada laboral debe ser reducida y en este caso 52 horas entre los días de trabajo seguramente la reducción será de unos 5-10 min al día, que en tu caso te afectaría en 1/8 parte del mismo.

3. Si, deberían pagarte el plus por idiomas si esta recogido en el convenio.

4. En el caso de tu convenio, existe un aumento del salario anual por cada trienio de antigüedad, por lo tanto, has debido percibir dos aumentos desde el primer salario que tuviste y depende del tiempo exacto de la excedencia y la fecha exacta de contratación, te corresponde un 5% extra de tu salario base en disposición este 1 de enero o el del año próximo.

5. El aumento de salario anual es una pequeña subida que normalmente se ajusta al IPC, es rutinaria y todos los años se aumenta, aproximadamente un 1% seguramente lo hayan ido aumentando.

6. El bono de horas para ir al doctor son reales, simplemente tienes que exigirlo.

Pese a todas estas dudas y todas estas respuestas que yo pueda darte, antes de seguir pensando sobre ello o tomar alguna decision respecto a tu empresa te recomiendo que contactes con un sindicato, graduado social o abogado en persona. Ellos te ayudaran con la forma de comunicarte con la empresa, te ayudaran a la hora de formalizar algo si fuera necesario y por lo que vas a ganar extra gracias a su trabajo, merece la pena el pago. Además esto será mejor para ti y no escapará nada.

Muchísimas gracias!

Si nunca nos aun aumentado el ipc, se podría exigir? Saludos!

Claro que podrías exigirlo, pero esto es mas complicado.

Se suele aumentar sobre el IPC es decir, tomando en cuenta este dato, como las pensiones.

En este caso, al pasar rápido por el convenio me ha parecido leer que estaba especificado el aumento del salario anual.

El salario final que debes tener ahora mismo es el que recoge la tabla del anexo más los pluses por antigüedad.

Y que pasa si gano más que el que aparece en la tabla del anexo? 

gracias :)

Que tienes unas condiciones mas favorables a las del convenio y por lo tanto no existe obligación legal a cambiarlas. Como he dicho antes el convenio es el mínimo que la empresa puede dar por ti, si tienes condiciones mejores a las del convenio no puedes exigir este tipo de ajustes salariales o la antigüedad antes mencionada.

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