Fallecida mi suegra, una casa para 4 hermanos a heredar uno de los cuales vivía con ella, pasos a seguir.

Fallecida mi suegra, propietaria de una casa y 4 hermanos a heredar de los cuales uno de ellos vivía con ella; no existe testamento, ¿cuáles son los siguientes pasos a dar para poner al dia la herencia? Y si el hermano que vivía con la difunta, tiene algún derecho extra a esa herencia.

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En el caso que dice entiendo que ha fallecido la madre de su esposa y que tiene otros 3 hermanos, ¿he entendido bien?

-Lo primero es promover un expediente de declaración de herederos ab intestato (sin testamento) ante notario mediante cualquier persona interesada (preferiblemente herederos). Necesitarás un certificado de defunción, otro de declaración de últimas voluntades y un inventario aproximado de sus bienes (la casa, cuentas corrientes, objetos de extraordinario valor) es conveniente revisar si tenía contratado algún seguro de defunción.

-20 días después de eso, ya constituidos como herederos (que son los hijos de la fallecida), se personarán en la notaría para realizar la partición y adjudicación de herencia.

Todo este procedimiento suele costar al rededor de 700 euros en una herencia simple.

* Para la partición y adjudicación de la herencia, respecto al inmueble necesitará también una nota simple del Registro de la Propiedad y en caso de que se comprara por hipoteca, un certificado de cancelación de la misma -de que ya está pagada-.

Respecto al hermano cohabitante de la casa (si es mayor de edad y no discapacitado) y no declararse otra cosa en el testamento como "mejora" del heredero, le pertenece lo mismo que al resto de hermanos (la alícuota parte de 4).

Certificado de ultimas voluntades, de quien y donde se consigue, la difunta no tenia, ni testamento, ni nada de ultimas voluntades ni seguro de defunción.

Entiendo que al notario hay que ir los 4 hermanos con todos esos certificados a hacer la declaración de herederos.

muchas gracias por las molestias

El certificado de últimas voluntades se expide desde el ministerio, y sirve para cerciorarse de cuáles fueron las últimas voluntades. Si no hay, en el certificado constará que no hay testamento. Los certificados pueden expedirse por la web del ministerio: https://sede.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Sede/es/tramites/certificado-actos-ultima 

El c. Literal de defunción debería estar ya en posesión de la familia. Si no puede solicitarlo aquí  https://sede.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Sede/es/tramites/certificado-defuncion 

Para la declaración de herederos no es necesario que vayan todos los hermanos. Pero te hará falta el libro de familia.

Una vez declarados herederos. Se procede a la aceptación de la herencia, donde sí deberéis estar todos.

Con toda la informacion que amablemente me has dado, y alguna otra que he leído, me puedes confirmar si los pasos adecuados a seguir son los siguientes:

Con certificado de defunción, solicitar certificado de ultimas voluntades, si resultando este ultimo sin testamento, hay que iniciar una declaracion de herederos en un notario; y a continuación seria la partición de la herencia por medio de escritura publica ante notario.

Nuevamente mil gracias por tus molestias

Exactamente. Además de esa documentación necesitarás el certificado literal de defunción y el libro de familia. Para la Partición de herencia necesitaréis nota simple de la situación registral del inmueble y certificado de saldo de la cuenta corriente.

De nada. No dude en ponerse en contacto con mi despacho para mayor información.

Gracias por todo, si quisiera contratar para que me tramitaran todo esto, incluido impuestos de sucesiones y demás, dejarlo todo en regla, a que tipo de empresa debería de acudir, bufete de abogado como el tuyo, algún asesor, alguna gestoría …..

Una herencia puede tener muchos detalles a tener en cuenta. Sobre todo el tema de plazos (6 meses desde el fallecimiento). Respecto al tema de impuestos, veo que usted es de Cádiz, y actualmente el 99% de las herencias están bonificadas, aunque se debe presentar la declaración del impuesto igualmente.

Desde mi despacho, y yo personalmente, se lo puedo tramitar íntegramente. Para más información puede llamar al 616.77.66.06 sin compromiso

Por cierto, estamos radicados en Cádiz y operamos a nivel provincial.

A cuanto ascendería la minuta de todo este tramite completo.

Para detallar unos honorarios necesitaría saber un par de cosas más, sobre todo de la situación del inmueble. Puede ponerse en contacto conmigo sin compromiso a través de [email protected] o al teléfono 616.77.66.06

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Como son 4 hermanos del 100% de la propiedad, cada hermano pasa a heredar el 25 % de la propiedad, ningún hermano tiene mas o menos derecho que el otro así haya vivido con la fallecida, si no hay testamento deben ahora iniciar primero la sucesión instantada para que la. Propiedad de la fallecida se le de en herencia a los 4 herederos y posteriormente se haga la repartición de la. Propiedad en porcentajes iguales ante los 4 herederos. La sucesión instantada puede hacerse de manera judicial o notarial, te recomiendo hazlo notarialemente ya que es un trámite de dos meses nada mas rápido y sencillo.

Hola, en primer lugar muchas gracias por las molestias.

Me acabo de enterar, que mi suegro fallecido hace 22 años y tambien sin testamento, no se arreglo nada por parte de los hijos ni su mujer la ahora fallecida; Hay que realizar los mismos tramites con el que con ella? o es otro tipo de tramites.

Mismo tramite hacer la sucesión instestada de manera notarial

Gracias por todo.

Si quisiera contratar para que me tramitaran todo esto, incluido impuestos de sucesiones y demás, dejarlo todo en regla, a que tipo de empresa debería de acudir, bufete de abogado, algún asesor, alguna gestoría …..

La sucesión intestada de manera notarial los mismos interesados lo puedes tramitar sin necesidad de un abogado.

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