Hay algunos interrogantes en su cuestión. ¿Dónde daría las clases, en su domicilio, en un espacio abierto al público, en los locales de una asociación?
Usted puede ser contratada por una asociación sólo por las horas que efectúe en su actividad. Como entiendo que ejerce esa actividad fuera de su horario habitual, sería pluri-empleada, pero al margen de posibles ajustes de cotización que no creo que se den, no veo dificultad en que pudiera impartir esas clases contratada por una asociación.
Puede impartir esporádicamente esas clases, dándose de alta en el 036 con actividad económica y con sujeción a IVA de los ingresos que perciba. Si sus importes al mes son inferiores al SMI, dependiendo de si hay un establecimiento abierto al público o no, podría ser posible defender que no está obligada a estar de alta como autónomo, aunque mi primera opción sería ser "empleado" de alguien, (una asociación, un gimnasio que ya imparta ese tipo de actividad, etc )