Que ocurre al cerrar una cuenta bancaria, de dos titulares y el banco tiene los DNI caducados?

`¿Podría ocurrir el caso que se cierre automáticamente? ¿O se podría hacer un poder a la otra persona si uno de ellos no puede acudir?

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Los bancos tienen la obligación legal, por la ley de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, de tener los DNI en vigor de sus clientes. En caso de tener los DNI caducados, y previo aviso, pueden proceder al bloqueo de las cuentas. De hecho, hace pocos años hubo bloqueos masivos de cuentas por parte de diversas entidades bancarias, como La Caixa, BBVA, etc., por este motivo.

Es decir, que no basta con "estar vivo" y el banco SÍ tiene en cuenta si los DNI en su poder están o no caducados.

Ahora bien, el bloqueo de la cuenta no equivale a su cierre. Y para poder cerrar una cuenta deben personarse todos los titulares. En caso necesario, en efecto, puede otorgarse un poder para ello.

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No creo que el banco tenga en cuenta que los DNIs estén o no caducados. ¿Seguís vivos, no?

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