¿ Hay un vecino que no paga se puede declarar moroso?

Hay un vecino que no paga y en la reunión dijo que no hija a pagar. En el punto de ruegos y preguntas los vecinos decidimos declararle moroso y reclamarle la deuda esto es válido para poder ir a juicio. Se dijo enviar primero carta certificada si no se pone al día burofax y de seguir así y a juicio eso es lo que se acordó en ruegos y preguntas. La comunidad la llevamos los vecinos no tenemos administracion.

O por lo contrario hay que ponerlo en el punto del día.

3 respuestas

Respuesta

Lo primero vosotros no podéis declarar moroso al propietario que no paga, lo que si podéis hacer es acordar reclamarle la deuda (en el ordenamiento jurídico español hay procedimientos para reclamar la deuda y para constituir en mora a una persona por no hacer frente a sus obligaciones)

Por otro lado en el apartado de ruegos y preguntas no podéis acordar llevar a juicio a alguien que no paga las cuotas, entre otras cosas porque le colocaríais en una posición de inseguridad jurídica y de indefensión manifiesta, si, es así de peculiar.

Para que la comunidad de vecinos pueda llevar a juicio a un vecino que no paga, se tiene que incluir como punto en el orden del día el estudio de los impagados y el posible inicio de acciones legales si así se acuerda.

Lo malo de que la gestión de la comunidad la llevéis los vecinos es que pequeños detalles como ese se os escapan y a un administrador de fincas lo más probable que no.

Si una vez llevado a juicio por reclamación de deuda, sale condenado al pago del mismo es ahí cuando ya le podéis denominar moroso.

Si en el acta de la reunión se os ocurre que habéis acordado declararle moroso os jugáis que esa persona en el ejercicio de sus derechos os demande por un delito contra su honor y, tal y como pinta, tenéis todas las de perder.

Mi consejo, omitid el termino moroso en el acta, contratad un administrador de fincas que os ayude, no son tan caros, y hacedle caso.

Respuesta

No os andéis con “paños calientes”. Pasad el asunto a un abogado.

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Moroso es toda persona que incurre en mora, retraso en el cumplimiento de sus obligaciones, en el caso que describe, lo recomendable es llevar el asunto a los tribunales, para lo cual deben acordarlo en junta de Propietarios

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