¿Cómo se eleva a publico un terreno que ya está registrado por otra persona?

Compre dos terreno, que el vendedor volvió a vender. Denuncié y en el juicio se dicta que yo eleve a publico los terrenos en dos semanas, ahora me encuentro que ya están registrados por las otras personas.

¿Se puede elevar a publico por orden de un juez?

2 Respuestas

Respuesta
1

Tendrá que llevar esa sentencia, cuando sea firme, al Registro de la propiedad para que rectifique la inscripción

¿Y qué pasa con los que ya registraron y viven allí?

La sentencia ya es firme, y en dos semanas registramos , 

Quedaría anulado el anterior registro?

Efectivamente, la inscripción registral es la prueba más sólida de la propiedad, tendrán luego que ejercer la acción posesoria para desalojar a los que ocupan esa propiedad.

¡Muchísimas Gracias!

Su contestación me ha ayudado mucho, porque hoy precisamente tengo una reunión con los herederos del señor que me vendió y me quieren devolver lo que yo pagué hace 26 años (pague 18.000€ y ellos me quieren dar 30.000€, hoy en día vale 150.000€ y yo le pido 72.000€) y no estoy de acuerdo con lo que ellos me quieren dar y necesitaba saber si realmente yo puedo presionar para que me pague la cantidad que le pido.

Pd: cuando cobre me acordare de usted

Un saludo acompañado de un gran abrazo.

Gracias, gracias, gracias

Recuerde que cualquier acuerdo al que llegue debe hacerse por escrito y, previamente a la firma, debería buscar asesoramiento de profesional competente, recuerde que se trata de un acuerdo transaccional sobre una sentencia firme.

En mi blog www.pedrohernandezabogado.com tiene abundante información sobre esos temas

Ellos han pedido en el juzgado elevarlo a público el día 25 de este mes y me han citado en un notario, allí es donde quiero firmar el acuerdo.

Tengo abogado pero...

Me pase 5 años llamándole por teléfono y si no voy al juzgado yo junto con el procurador a llevar las diligencias para que se ejecutara la sentencia la hubiese perdido. Fui tres meses antes de que venciera .

Lo que si hizo fue cobrarme y emprender todo el papeleo para cobrar las costas. Dos veces por lo mismo

Y ahora que ya esta en fase final no voy a cambiar de abogado

No veo clara la necesidad de notario, ese acuerdo podría hacerse ante el juzgado.

La sentencia dice : requierase nuevamente a las partes ejecutantes conforme a los términos contenidos...

Señalado de que si no cumple en el plazo de un mes computados desde la notificación de la presente resolución cumpla con la obligación contenida en el fallo... Elevando a publico sendos contratos ...

Y de no hacerse se ejecurara a su costa: con expresa imposición a los demandados de las costas procesales causadas, pudiendo el ejecutante pedir que se le faculte para encargarlo a un tercero, a costa del ejecutado o reclamar el resarcimiento de daños y perjuicios

Y después recibí otra carta del juzgado que dice

Suplico al juzgado que tenga por presentado este escrito y sus copias, se digne de admitirlo y tenga por hechas las alegaciones que en el mismo se contiene y se requiera a la ejecutante para que acuda a la firma de la elevación a público del contrato...( me pone la fecha del contrato y día y hora para el notario)

Acuda usted entonces previamente al notario y pida el borrador de lo que va a firmar.

¡Gracias!

El martes le diré como me fue, espero que todo a mi favor y que lleguemos a un acuerdo antes de llegar a elevar a público esos terrenos

Respuesta

Lo que no entiendo es por que no quieres elevar a público una compraventa que, después de litigios, un juez determina como tuya.

Porque han fabricado y viven allí, no tienen dada de alta las casas pero ellos han registrado

hace 15 años ...

Me han dicho que el primero que registra es el que es dueño...

Lo que no se es con que fin voy a elevar a público unos terrenos que no se si se puede registrar

Cono bien dice otra respuesta si tiene una sentencia que le otorga el terreno como suyo a expensas de registrarse, hágalo.

Eso si, no se desprenda de su abogado porque le queda terreno que recorrer

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