División cosa común o procedimiento de liquidación de bienes gananciales?

El hijo de mi marido cumple 18 años, y su ex mujer tenía el uso y disfrute de la vivienda.

Al parecer al cumplir los 18 años, el hijo pierde el uso y disfrute y se puede forzar la venta.

Mi pregunta es si, el procedimiento debe ser el de división de cosa común, o el de liquidación de bienes gananciales.

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¿El uso y disfrute quien lo tiene la madre o el hijo?

Porque da a entender que los dos

Y el uso y disfrute no se pierde al no ser que esté estipulado en el testamento.

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