Pago iva de vivienda con local a empresa extranjera

Voy alquilar una vivienda con local comercial, la propietaria es una empresa extrajera, no tiene oficina en España, ¿tengo qué pagar el IVA? ¿Se debe hacer dos contratos uno de la vivienda y otro del local?, ¿O sólo uno?

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Los dos alquileres se localizan donde radica el inmueble, si es en territorio peninsular o Baleares, estará exento la vivienda y tributará con IVA el alquiler del local. Si la sociedad extranjera tiene establecimiento permanente en España, tendrá obligación de practicar retención del 19% por el importe del local comercial. Si no tiene establecimiento permanente tendrá que practicar retención igualmente del 19% o del 24% según sea su lugar de residencia de la sociedad extranjera.

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