¿Cómo pagar iva europeo o intracomunitario?

Debido a mis ingresos con Youtube tengo que pagar Iva europeo o intracomunitario ya que Google está en Irlanda pero ninguna gestoría sabe como hacerlo, vivo en Ciudad Real.

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Para liquidar el IVA ante la Agencia tributaria así como cumplir con otras obligaciones fiscales como youtuber te recomiendo que leas el siguiente enlace: https://www.txerpa.com/blog/2017/06/09/guia-obligaciones-fiscales-youtuber-hacienda

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El enlace que te han facilitado es bastante completo. Me sorprende que en Ciudad Real no encuentres una asesoría que te explique con detalle cómo debes de tributar.

Lo primero que tienes que ver es tu residencia fiscal. Como habrás leído hay muchos youtubers que se están domiciliando en Andorra, pero esto no es correcto si fiscalmente no puedes acreditar tu residencia allí.

Vamos a empezar, por indicarte, que tienes que darte de alta en el modelo 036, usualmente por el epigrafe de servicios de publicidad y solicitar el alta en el ROI. Como lo que recibes es de Irlanda, no estará sujeto a retención. La factura que te emite YouTube en realidad está utilizando la opción de expedir las facturas que te correspondería a ti hacerlo. Lo que tu percibes son ingresos por prestación de servicios intracomunitarios.

Tienes que hacer trimestralmente el 303, en el que podrás deducir el IVA de los gastos que correspondan y también el modelo 349 de liquidación trimestral, bimestral, mensual o anual según corresponda (lo normal es que sea trimestral salvo que tus volúmenes de facturación empiecen a ser muy resaltables)

También tienes que liquidar el modelo 130 trimestralmente que será pagar el 20% de la diferencia entre ingresos y gastos de ese trimestre. Estos importes son a cuenta de lo que luego tengas que pagar al hacer la Declaración de Renta, que es anual, modelo 100.

Si tus importes son superiores al SMI en computo anual debes de estar también dado de alta en Autónomos, y desde el principio si es tu actividad principal y ya sabes que vas a obtener ingresos superiores a dicha cuantía. Hoy en día se pueden realizar todas estas declaraciones online, por lo que cualquier asesor puede ayudarte a la tramitación de estos modelos.

Para cualquier duda, quedo a tu disposición. Ruego valore respuesta.

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