Me pueden guardar las vacaciones no disfrutadas del 2018?

Me quede embarazada en 2017 y me despidieron en octubre de 2017, demandé a la empresa, y en diciembre de 2017 nació mi hijo .

En marzo 2018 se declaró mi despido nulo, como estaba de baja maternal cuando se terminó solicité permiso de lactancia y a continuación excedencia maternal hasta septiembre de 2018.

Me liquidaron las vacaciones correspondientes y como me incorporo en septiembre generé nuevas vacaciones hasta el 31.12.18.

Pues bien ahora solicito el disfrute de las vacaciones pendientes del 2018 y no me las quieren dar, se atienen a que la incapacidad por maternidad fue antes de mi incorporación en septiembre de 2018 y yo creo que según el estatuto de los trabajadores artículo 38.3 debería poder porque no pude disfrutarlas por motivos de Incapacidad Temporal durante ese año natural.

Respuesta

Entiendo que no las pudo disfrutar debido a su baja por maternidad, no obstante, las podría haber juntado justo después de si baja por maternidad.

En todo caso se puede solicitar a la empresa el pago o disfrute de estas vacaciones mediante una papeleta de conciliación.

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