Me pueden guardar las vacaciones no disfrutadas del 2018?

Me quede embarazada en 2017 y me despidieron en octubre de 2017, demandé a la empresa, y en diciembre de 2017 nació mi hijo .

En marzo 2018 se declaró mi despido nulo, como estaba de baja maternal cuando se terminó solicité permiso de lactancia y a continuación excedencia maternal hasta septiembre de 2018.

Me liquidaron las vacaciones correspondientes y como me incorporo en septiembre generé nuevas vacaciones hasta el 31.12.18.

Pues bien ahora solicito el disfrute de las vacaciones pendientes del 2018 y no me las quieren dar, se atienen a que la incapacidad por maternidad fue antes de mi incorporación en septiembre de 2018 y yo creo que según el estatuto de los trabajadores artículo 38.3 debería poder porque no pude disfrutarlas por motivos de Incapacidad Temporal durante ese año natural.

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Respuesta

Entiendo que no las pudo disfrutar debido a su baja por maternidad, no obstante, las podría haber juntado justo después de si baja por maternidad.

En todo caso se puede solicitar a la empresa el pago o disfrute de estas vacaciones mediante una papeleta de conciliación.

Si desea mas información contáctenos en www.cumboki.com

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