¿Cómo gesrionar la Cartilla bancaria y herencia?

Mi madre falleció y es la única titular de una cuenta bancaria, mi hermano esta como autorizado en dicha cuenta.

Tras realizar todos los papeles Notariales, mi madre no tenia ni Testamento ni Ultimas voluntades, procedemos a pasarlos al banco para la cancelación de dicha cartilla.

Cuando falleció mi madre en la cuenta tenia, pongamos 500€, estaba pendiente de cobrar una ayuda por enfermedad, la cobro junto con la paga de viudedad y la parte proporcional de la paga extra, el montante seria de unos 3000€, que junto a los 500€, en la cuenta después del fallecimiento quedo en 3500€ de donde hemos pagado diferentes gastos relacionados con su fallecimiento.

Mis dudas son:

1-Una vez pagado todo y cancelada la cuenta, nosotros somos dos hermanos, si lo que queda pasa directamente a mi cuenta bancaria, ¿qué pasa de cara a hacienda?.

2-Mi hermano esta en deuda conmigo, por eso cobrar yo lo que quede de la cuenta en mi cuenta, ¿tenemos qué declarar todo lo recibido o solo lo que había en la cuent en el momento del fallecimiento?

2 Respuestas

Respuesta
1

Será el banco el que liquide la cuenta, y en el caso una única titular, lo hará a los herederos en el porcentaje que corresponda a cada uno en la herencia. Vamos a su poner que 50% a su hermano y 50% a usted, en cuentas donde figuren como titulares.

Por tanto, no le pueden liquidar a su cuenta la parte de su hermano, y si quiere que su hermano le compense la deuda le tendrá que hacer una transferencia. Tal y como le dice Pedro abogado téngalo documentado de cara a Hacienda.

Respuesta
2

Tienen que liquidar el impuesto sobre sucesiones en el que harán constar los bienes, derechos y dinero efectivo de su madre y descontarán los gastos deducibles y las reducciones que procedan.

No entiendo, una vez liquidado el impuesto de sucesiones, cancelada la cuenta, ¿qué pasa si el dinero restante va solamente a mi cuenta? Puesto que mi madre no tenia nada más, solo lo que hayben la cuenta bancaria. Gracias por la pronta contestación.

Si usted percibe esa cantidad en su totalidad, como compensación de una deuda de su hermano, le conviene tenerlo documentado por si la Hacienda le pregunta.

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