Cómo contraer matrimonio con un español?

Me llamo Jhoana y deseo saber cómo hacer para convivir con mi pareja que es español, ya deseamos estar juntos y por cuestiones de trabajo el no ha podido viajar, por lo tanto hemos decidido que yo viaje al lado de el. Pregunta: será posible que yo en uno de los viajes a visitarlo nos podamos Casar y así el pedirme como tu pareja. ¿O en otro caso nos podríamos Casar con poder ante un abogado y un notario?. Muchas gracias ya que el año entrante voy a viajar otra vez y deseo saber que documentos debo llevar o qué debo hacer ante esto.

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I. Hola Jhoana, deberá responderle un experto pero deseaba dejarle la sguiente información sobre este tema, enlaces y textos que tal vez puedan aclararle un poco el funcionamiento de este proceso. Mucho ánimo.

https://www.parainmigrantes.info/matrimonio-entre-un-espanol-y-un-extranjero-requisitos-y-tramites/ 

http://legalteam.es/lt/todo-lo-que-debes-saber-si-vas-a-contraer-matrimonio-2/ 

https://www.youtube.com/watch?v=IgA5K9Imbyo 


¿Qué hay que tener en cuenta?

Lo más importante en este tipo de casos es el hecho de tener que tramitar un expediente antes de realizar el enlace. Se trata de un trámite de carácter obligatorio que tendrá que formularse en el registro civil correspondiente y que básicamente sirve para comprobar la veracidad del encuentro, eso es, que las dos partes actúen de forma voluntaria y sin ningún tipo de conveniencia aparente.

Si el juez determina que no hay ningún problema para que la boda se lleve a cabo, entonces se procederá a la misma y se podrán casar según indica la normativa civil española. A estos efectos, el matrimonio resultante será oficial en nuestro país y la persona extranjera pasará a tener los beneficios pertinentes al convertirse en ciudadano español.

¿Qué documentación se deberá presentar?

Para demostrar la voluntad de contraer matrimonio, tanto una parte como la otra deberán presentar unos documentos concretos.

  • Qué debe presentar la persona extranjera: certificado de nacimiento, certificado de soltería o divorciado, certificado que acredite que se puede contraer matrimonio, certificado sobre la necesidad de publicación de edictos, la inscripción consular, pasaporte en vigor y certificado de empadronamiento.
  • Qué debe presentar el ciudadano español: certificado de nacimiento, empadronamiento, DNI o pasaporte, fe de vida y certificado de divorciado si fuera el caso

Si estos documentos son de origen extranjero, será necesario que previamente hayan pasado un proceso de legalización (esto puede hacerse de varias maneras, y para muchos de los países basta con la apostilla de la Haya). Si además resulta que están en un idioma diferente al español o a los distintos idiomas oficiales que se hablan en nuestro país, pues de se tendrá que llevar una traducción jurada.

Una vez recopilados todos los documentos, la pareja en cuestión deberá dirigirse al Registro Civil y presentar el expediente correspondiente. El siguiente paso será tener una audiencia reservada, en donde se harán preguntas para valorar la veracidad del acto. Es importante recordar que se necesitaran algunos testigos para poder dar más veracidad, y que les harán unas cuantas preguntas para evaluar la coherencia.

Una vez pasados todos estos pasos previos, se procederá a obtener el permiso para contraer matrimonio. No hace falta que la boda se haga en el mismo sitio en donde se ha presentado el expediente: podrá hacerse en cualquier municipio.

Una vez casados oficialmente, se dará un libro de familia y un certificado de matrimonio. Será a partir de ese momento en que la persona extranjera se convierta en española y por tanto tendrá derecho a residencia en régimen comunitario. Para ello, se deberá ir a la Oficina de Extranjeros y presentar la documentación necesaria para ello (pasaporte, fotos, certificado de matrimonio, etc.)

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