Hola, me puedes asesorar para casarme

Rápidamente mi caso y mi inquietud es que quisiera casarme con mi novia colombiana. Yo estoy nacionalizado y vivo en españa hace 6 años, estuve de vacaciones hace poco en colombia y tomamos la decisión de querer vivir juntos acá en España ahora que ya termino los estudios. En principio los planes que tenemos son que ella venga de vacaciones para el siguiente verano (agosto 2013)... Mi pregunta es: ¿Yo me podría casar con ella en esa ocasión, me refiero ella con visado de turista y sin residir en España, o seria mejor hacer el matrimonio en Colombia?

Te agradezco muchísimo que me ayudes, yo estaré pendiente a tu respuesta o para cualquier información que te pueda añadir.

1 Respuesta

Respuesta
1

Puede casarse en España.

El procedimiento es el ordinario: ambos tienen que ir al Ayuntamiento o a la Iglesia donde quieran contraer matrimonio y solicitar la documentación necesaria.

Matrimonio civil

Ella, que aún está en Colombia tiene que solicitar allí:

1 Certificado de nacimiento

2 Declaración de soltería

3 Pasaporte vigente

Los documentos señalados como 1 y 2 deben llevar una "apostilla", que ella tiene que traer desde Colombia. Esa apostilla se la pondrán en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, una vez presente allí los documentos.

Estos documentos tienen plazo de caducidad por lo que es importante que se asegure de que iniciarán el expediente de matrimonio en España, dentro de ese plazo, porque en caso contrario, deberían volver a solicitarlos.

Usted necesita:

Certificado de nacimiento

Si está divorciado certificado de matrimonio donde esté inscrito el divorcio

DNI

Ambos necesitan:

Certificado de empadronamiento en España

Con la documentación hay que comparecer ante el Registro civil correspondiente al municipio de cualquier de los dos, si son distintos y al común si son el mismo. Allí iniciarán los trámites.

Matrimonio por la iglesia:

A la anterior documentación hay que añadir para ambos, certificado de bautismo.

Buenas tardes Lopezcollado.

Primero que nada muchas gracias por atender a mi pregunta.

La duda que tengo ahora es que como ella vendría como turista y por lo tanto no ha estado empadronada en España, ¿para este requisito que haríamos?,

¿ella siendo turista podría empadronarse?, no quisiera que estuviera "ilegal" en España y

corriera algún riesgo, y mas o menos ¿usted sabe cuanto tiempo tarda en definirse su situación legal

desde el matrimonio?

De nuevo muchas gracias por tu respuesta y amabilidad.

Los trámites para la boda, si ella ya aporta la documentación necesaria, pueden tardar algún tiempo, y dependerá del trabajo que haya en ese registro civil.

Usted puede empadronar a su novia en su domicilio, simplemente acompañándola al Ayuntamiento y manifestando que viven juntos, sin más.

Ella puede perfectamente entrar como turista y casarse.

Pero aunque esté empadronada, en cuanto se le termine el visado de turista, pasará a ser ilegal, irremediablemente. España permite la estancia como turista por un periodo de 3 meses máximo. La estancia como turista en España no se puede prorrogar.

Pero hay otro tipo de visados que abarcan más tiempo, como los visados nacionales.

Le dejo el enlace:

http://www.maec.es/es/MenuPpal/Consulares/ServiciosConsulares/InformacionaExtranjeros/Visados/Paginas/visadosnacionales2010.aspx

Cuando ya estén casados, debe solicitar el permiso de residencia por reagrupación familiar. Este trámite puede durar entre 3 meses y 1 años, dependiendo del lugar en que lo solicite.

Si su novia solicita el visado nacional y no le es concedido y únicamente puede venir con el visado de turista, será inevitable que esté en situación ilegal, en tanto no le concedan la residencia por reagrupación familiar.

Muchas gracias nuevamente.

Por ultimo, quisiera un consejo, bajo tu punto de vista, habiendo tanto la posibilidad de ella venir a España como turista como la de yo ir a Colombia en agosto del próximo año.... que tramite aconsejarías tu, ¿si casarme con ella acá, o hacerlo allá y regístralo en la Embajada de España en Bogotá?

Otra pregunta es ¿si nos casamos aqui, si ella puede volver a Colombia mientras le legalizan su situación acá y venirse para cuando ya estén todos sus documentos en orden?

Gracias Sr. Lopez

Según mi entender, y teniendo en cuenta las restricciones respecto a los ciudadanos extranjeros en España, le recomiendo que se casen en Colombia e inscriban el matrimonio en la Embajada de España en Bogotá, y soliciten desde allí la residencia por reagrupación familiar de su novia, quizás el trámite a través de la Embajada es más rápido. Es cuestión de ir a la Embajada y preguntarlo.

Su novia, tras el matrimonio, y habiendo transcurrido los 3 meses del visado de turista, tiene que volver a Colombia, pero transcurridos 3 meses de su estancia en Colombia puede volver a pedir el visado turista, que le darán otros 3 meses más.

En resumen: 3 meses en España con visado turista, 3 meses residiendo en Colombia para optar a la obtención de otro visado turista. Y esa situación es indefinida hasta que tenga concedida la residencia por reagrupación familiar.

Permítame decirle que es ud. una persona muy amable y que me sirvió mucho de ayuda.

Me gustaría poder contar con ud. en una futura ocasión.

un saludo. Un buen dia

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas