Error en cuenta proveedores año 2017

Revisando el diario de movimientos del ejercicio pasado, y una vez presentado el I.S., me he dado cuenta de un error de bulto que me gustaría subsanar en este ejercicio 2018. El error está en un asiento de proveedor que en lugar de poner en el debe el importe de la factura para la cuenta 600, la he puesto en el debe de la cuenta 400, la misma cuenta donde he puesto el importe en el haber, por lo tanto la cuenta del proveedor queda a 0, cuando en realidad debe quedar el importe pendiente de pagar. No se si me he explicado claramente. ¿Qué asiento puedo hacer en el año 2018 para que este saldo aparezca?.

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Dos comentarios al respecto:

1º. Si el software de Contabilidad que utilizas te ha permitido hacer un asiento en el que cargas y abonas la misma cuenta es un pésimo programa de Contabilidad. ¡Cámbialo a la mayor brevedad!

2º. Los errores contables cometidos en un ejercicio anterior ya cerrado deben resolverse aplicando lo previsto en la Norma 22ª de registro y valoración. Cuyo contenido con respecto a los errores es el siguiente:

"En la subsanación de errores relativos a ejercicios anteriores serán de aplicación las mismas reglas que para los cambios de criterios contables. A estos efectos, se entiende por errores las omisiones o inexactitudes en las cuentas anuales de ejercicios anteriores por no haber utilizado, o no haberlo hecho adecuadamente, información fiable que estaba disponible cuando se formularon y que la empresa podría haber obtenido y tenido en cuenta en la formulación de dichas cuentas."

Teniendo en cuenta que lo previsto para los cambios de criterio es lo siguiente:

"Cuando se produzca un cambio de criterio contable, que sólo procederá de acuerdo con lo establecido en el principio de uniformidad, se aplicará de forma retroactiva y su efecto se calculará desde el ejercicio más antiguo para el que se disponga de información.

El ingreso o gasto correspondiente a ejercicios anteriores que se derive de dicha aplicación motivará, en el ejercicio en que se produce el cambio de criterio, el correspondiente ajuste por el efecto acumulado de las variaciones de los activos y pasivos, el cual se imputará directamente en el patrimonio neto, en concreto, en una partida de reservas salvo que afectara a un gasto o un ingreso que se imputó en los ejercicios previos directamente en otra partida del patrimonio neto. Asimismo se modificarán las cifras afectadas en la información comparativa de los ejercicios a los que le afecte el cambio de criterio contable."

Así pues, la falta de registro de la compra efectuada al proveedor en el ejercicio anterior dará lugar a un cargo en una cuenta de reservas de libre disposición (por ejemplo, Remanente) y un abono en la cuenta del proveedor correspondiente.

Un atento saludo.

¡Gracias! 

Pues si, el programa de contabilidad y para que no le pase a nadie mas era Contasol, así que lo he cambiado a SeniorConta. Inclujso el Con tasol daba los saldois positivos como negativos y viceversa, total un asquito de programa, puede ser gratuito, puede ser corto, pero no con estos errores.

De nuevo Gracias.

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El principal problema estará en la cuenta del IVA que si habrá contabilizado ya...

Pero en todo caso si el asiento que hizo es de la 400 a 400, sin utilizar la cuenta de IVA, lo que ha de hacer ahora es contabilizar la factura como tal para este ejercicio. Aunque también la puede contabilizar como le indicamos a continuación, pero incluyendo la cuenta del IVA.

Si ya contabilizo el IVA, tendrá que hacer un asiento contra patrimonio neto (reservas), es decir, en la cuenta 113 en lugar de una cuenta de gasto y en el haber la cuenta del proveedor...

Muchas gracias por su  respuesta.

He entendido por lo tanto, habiendo contabilizado el i.v.a. que debo hacer :

400   Proveedor (error año 2017 )                                X

113   Proveedor 400 (error año 2017          X

Es correcto ?.

El asiento es

113 Reservas a 400 Proveedor.

La 113 en el debe y la 400 en el haber...

Como el pago ya lo tendrá contabilizado, el saldo de proveedor quedara a 0.

El problema lo tengo en las reservas voluntarias, que no llegan a cubrir el importe. Por otro lado, tengo entendido que para usar las reservas, hay que realizar una Junta con este punto.

Usted ha de contabilizar contra una cuenta de patrimonio neto, que normalmente es la de reservas, aunque no tenga saldo, conforme a la normativa.

No se ha de realizar una junta para ello, se trata de un error contable.

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