Saldos de proveedores años anteriores

Estamos con el cierre de ejercicio de mi empresa y es la primera vez que la hago, antes estaba otra chica que ha dejado varias cuentas "colocas". Quisiera dejar la contabilidad lo más "limpia" posible. Tengo en la contabilidad sin saldar proveedores de ejercicios anteriores y tengo varias dudas (algunas obvias pero por si acaso...)

  1. Alguno de los proveedor se pagó con la Visa de la empresa, los bancos cuadran pero se realizó el contra-asiento con una 629 Gtos diversos en vez de contra 400 (la factura si se contabilizó 600+iva a 400), se ha contabilizado dos veces el gasto, este año puedo saldarla con este asiento: ¿400 a 629?
  2. Por el contrario, hemos pagado a otros proveedores pero no está contabilizada la factura, por lo que descuadran las cuentas, ¿este año puedo contabilizar normal las facturas iva incluido?.
  3. ¿Las facturas que no están pagadas (y no reclaman) desde el 2014 las saldo con una cuenta 778? O es preferible dejarlas por si reclaman...

Todas estas dudas me han surgido al mirar otras preguntas en las que hablaban de meter importes en la 113, pero yo esta cuenta no sé gestionarla adecuadamente.

Disculpar mi discurso.

1 Respuesta

Respuesta

En el punto 1) El asiento que propones es posible, pero técnicamente no es correcto, dado que la norma de valoración sobre errores contables de ejercicios anteriores indica que debe de corregirse con la cuenta 113, por lo que el asiento correcto sería 400 a 113, aunque luego deberías de tener en cuenta este movimiento para incrementar el resultado del ejercicio via ajuste extracontable en el Impuesto de Sociedades. Si esto te parece complicado, puedes realizar lo que has dicho, si como parece por el principio de importancia relativa, el importe no es material.

2) Si has pagado a proveedores y no tienes la factura, lo que tienes que hacer es pedir la factura, porque asi podrás deducir el iva siempre que no hayan transcurrido cuatro años. Si son gastos de ejercicios anteriores, volvemos a lo mismo del punto anterior, deberías de hacer

113 al Debe

472 Iva soportado al Debe

400 Proveedor al Haber

Si el importe no es significativo, puedes utilizar la cuenta 600 normal, con el PGC anterior al actual, existía una cuenta que era Gastos de ejercicios anteriores, pero actualmente, si hemos de hacerlo no bien, hagámoslo lo mas correcto posible, utiliza una cuenta de tráfico normal, dado que la cuenta 678 de Gastos excepcionales no me parece adecuada.

3) El hecho que no te exijan unas facturas porque el proveedor no se acuerde, no quiere decir que debas de darlas como un ingreso que es lo que propones. Hay alguna consulta a la DGT en la que se recuerda que conforme al código civil las deudas con carácter general prescriben a los 15 años. El consultante pretendía quitar esos importes y como habían transcurrido más de cuatro años darlo como ingreso contable, pero no fiscal, a lo que evidentemente la Administración tributaria lo rechazó.

Por otra parte, tienes también que valorar que la existencia de pasivos ficticios puede ser considerado por la inspección como ventas no declaradas, por lo que debes de asegurarte bien que los importes son adeudados y no son importantes, dado que extrañaría mucho que cuantías importantes estuvieran pendientes de pago. Por lo tanto, salvo mejor opinión, lo dejaríamos como deuda con el proveedor. Comprueba que realmente no fue pagada por algún socio a título particular, y es por eso por lo que no te la reclaman.

Ruego valore respuesta.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas