Sobre IRPF en autónomos canarios

Soy autónoma y vivo en Canarias, con residencia en Canarias y tributación en Canarias.

Mis gestores de siempre son de península y me están generando un poco de confusión sobre la retención, así que pregunto por aquí a ver si alguien puede aclararme.

(Aviso de que soy muy corta y el tema de impuestos no me entra ni con calzador)
Como autónoma:

Entiendo que si facturo a autonomos o profesionales de las islas (es decir, sujetos a IGIC) en las facturas que emito debo incluir IRPF e IGIC.
Ahora bien:
1) En las facturas que EMITO a las EMPRESAS (clientes) de península no tributan IGIC y al no tributar yo IVA, sólo debo incluir la retención. ¿Es esto correcto?
2) En las facturas que EMITO a las EMPRESAS (clientes) Intracomunitarios no tributan IGIC ni IVA, Y no debo incluir la retención. ¿Es esto correcto?
3) En las facturas que EMITO a las EMPRESAS (clientes) Internacionales no intracomunitarias no tributan IGIC ni IVA, Y no debo incluir la retención. Es decir, se repite el caso del punto dos. ¿Es esto correcto?

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1

Te cuento como esta el tema tu eres sujeto pasivo del IGIC y del IRPF ok

- Las facturas que emites a un cliente extranjero dígase de la unión europea, España o estados unidos para ti va ser una factura que no va a llevar IGIC vale.

- El tema de las retenciones funciona de forma distinta tu eres sujeto pasivo del IRPF y las sociedades españolas y otros autónomos en España tienen obligación de retenerte aquí no hay distinción

En cuanto a las empresas de Europa y fuera de europa no tendrán que retenerte mas que nada por que ellos no tienen posibilidad de ingresar esa retención a tu nombre .

Esto mientras los servicios se prestasen a distancia te he puesto las reglas generales en función del servicio podría cambiarse algo

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