Baja voluntaria - ¿Cuál es mi derecho a vacaciones?

Me gustaría pedir mi baja voluntaria y tengo un preaviso de 30 días. Sí aún me quedan 10 días de vacaciones de este ano, podría declarar el día 30 de octubre que el día 20 de noviembre sería mi último día de trabajo, ¿assumiendo qué podría coger los 10 días de vacaciones que me quedan?

¿O tendría que avisar el día 30 de octubre que mi últio día seria el día 30 de noviembre y después negociar con mi empresa?

1 respuesta

Respuesta

Las vacaciones no disfrutadas deben formar parte de la liquidación del finiquito

Muchas gracias por tu respuesta. 

Que quiere decir exactamente la liquidación del finiquito? Desculpa, pero soy extranjero y no me suena esta expressión. 

Muchísimas gracias nuevamente.

Un saludo

Cuando se finaliza el contrato por cualquier motivo te dan una nomina la liquidación te indican lo que te corresponde que falta de pagarte " saldar"... vacaciones, pagas extras.. etc...

Muchas gracias nuevamente por la respuesta. Pero en este caso, me tendrían que pagar las vacaciones que me quedan, verdad? O que pasaria con las vacaciones que aún me quedan? A mí lo que me gustaría es que me den las vacaciones y que ya no tengo que trabajar los 30 días después de haber pedido las demisión. Muchas gracias. Un saludo

Tienes que disfrutar las vacaciones antes de que te den de baja en la empresa si te quedan días que no lo has disfrutado, la empresa te lo pagarán en el correspondiente finiquito

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