Si en la sentencia no lo indica estoy obligado a pagar el 50% del viaje de fin de curso de mi hija

Tengo una sentencia desde junio del 2016, en la que tengo que pasar una manuntencion de 225€, los gastos de material escolar y gastos extraordinarios al 50%.

¿Estoy obligado a pagar el 50% del viaje de "fin de curso" de sexto de primaria? Cuando yo no estoy conforme con que vaya, lo primero porque ese tipo de viajes nunca me han gustado, que no quiere decir que a mi hija le guste o no, y a parte porque no me puedo permitir el gasto que conlleva el viaje de "fin de curso". A la madre de la niña le he dicho que no puedo permitirme el pagarlo y aunque no estoy conforme con que la niña vaya, no me voy a oponer y ella asume los gastos. Su respuesta ha sido que estoy obligado a darle el 50%. ¿Es eso cierto?

A parte cuando se dictó la sentencia en ese momento ella se iba a quedar en el paro, y yo tenía mi trabajo actual con una nómina de 950€ a parte de un préstamo por el coche, teléfono y pagarme mis comidas, me pusieron esa cantidad, 225€, al cambiar mi situación a la que me he visto obligado, ahora estoy de alquiler con mi actual pareja, con los gastos que eso conlleva y contando con que la madre de mi hija se ha casado y tiene un trabajo, ¿puedo pedir una modificación de medidas, para que me reduzcan la manuntencion?

2 Respuestas

Respuesta

Si no te gustan ese tipo de viajes, tu obligación es no permitir que tu hija vaya, Es posible que a tu hija no le agrade tu decisión, pero le haces un bien, y quizá hoy o algún día entienda que has pensado en su bien por encima de tus intereses superficiales, de quizá no tener problemas superficiales, etc (generalmente eso ya se entiende en el momento, aunque a veces no se quiera reconocer). Procura que tu hija se guíe por el bien, y no por lo que meramente le apetezca, por supuesto que con la gracia de Dios.

Respuesta

Si tus circunstancias económicas han cambiado, puedes solicitar una modificación de medidas de la sentencia, incluso con respecto a los gastos extraordinarios así como viajes.

Para modificar las medidas establecidas hay que interponer una demanda con abogado y procurador.

Desde nuestro despacho tenemos amplia experiencia en Derecho de Familia. Si quiere más asesoramiento no dude en ponerse en contacto con nosotros sin ningún tipo de compromiso, le facilito los datos:

Nuria Rodríguez

[email protected]

618278046

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas