Mi casa se subastó por ejecución hipotecaria el 4.09.14 . Quedó desierta y se la adjudicó La Caixa.

El 23.07.15 se formalizó el remate a Buildingcenter. El decreto del Juzgado tiene fecha 14.03.2017.

Quién debe pagar el IBI de los años 2015, ¿2016 y 2017?

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Tal como lo expone parece que corresponde pagar al adjudicatario.

¡Gracias! 

El Ajuntamiento me ha cobrado los años 15 y 16 y ahora está presionando para el 17.

La inscripción en el registro por parte de adjudicante fue en marzo 17.

Mi teoría es: si yo pierdo la casa en el 14 , por qué debo pagar los años que tarda la Caixa en ponerla a su nombre en el registro. Buildingcenter es una filial de La Caixa.

Acabo de recibir la resolución del Ayuntamiento a mi petición de no pagar el IBI del año 2017, diciéndome que yo era la titular hasta el 14 de marzo de 2017, aunque no pudiera disponer del inmueble. Vuelvo a preguntar, ¿ante la ley tengo alguna posibilidad?

Acabo de recibir respuesta del Ayuntamiento a mi petición de no pagar el IBI del 2017.

Consideran que la titular era yo, hasta marzo 2017 y que debo pagar, aunque no pudiera disponer de la finca.  Hay alguna forma legal de no pagar?

Debería formular un escrito poniendo de manifiesto que ese pago corresponde al titular desde que se lo adjudicó

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