Herencia tras fallecimiento en régimen de comunicación foral de bienes en País Vasco

Un matrimonio que compró vivienda al 50% hace 15 años siendo todavía solo pareja de hecho y se casan en régimen de comunicación foral de bienes en vizcaya 11 meses antes de fallecer uno de los cónyuges, que deja 3 hijos, 2 de un matrimonio anterior y 1 en común con su última esposa y propietaria del 5otro 0% de la vivienda. ¿Cómo se reparte la casa?

Si en testamento el fallecido nombró únicamente a sus 3 hijos como herederos, por ley, ¿está obligada a heredar también la esposa? En ese caso, cuando fallezca la esposa, ¿una parte de su 50% de la vivienda debiera también asignarse a los herederos legales del marido previamente fallecido? Es decir, el hijo común pero también los 2 hijos que no tuvo en común con el.

Si el hombre en testamento designó como herederos de todos sus bienes únicamente a sus 3 hijos, pero al casarse posteriormente en régimen de comunicación foral de bienes, se debe incluir a la viuda en la herencia, ¿considerándola propietaria al 50% de todos los bienes del marido... Es exactamente igual en el momento de fallecer ella? Se tendrá que tener en cuenta también al marido fallecido en el reparto... Y por haber fallecido, ¿los herederos de este pasan a ocupar su lugar en la futura herencia de su viuda?

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Respuesta

Si acude a una notaría para hacer la aceptación y adjudicación de herencia con todos los documentos allí la asesorarán cumplidamente

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