Reducción jornada por cuidado de hijos y jornada intensiva

Disfruto de una reducción laboral por cuidado de hijos de 1h. Diaria.

Mis compañeros hacen 40 horas a la semana, y yo 35 con la consecuente reducción de salario de un 12,5% (en mi reducción el horario establecido es intensivo de 8 a 15h). Mi duda ha surgido, ya que en julio y agosto, en mi empresa hay jornada intensiva (de 8 a 14:30), pero en mi departamento de recursos humanos me dicen que yo tengo que seguir haciendo mis 7h (es decir, de 8 a 15 hrs), porque si no en el computo total del año me faltarían horas (en convenio tenemos 1761 h). Mi lógica me dice que no tiene mucho sentido, que esos dos meses me reduzcan un 12,5% del sueldo, pero que sin embargo haga más tiempo que el resto de mis compañeros que cobran el 100%.

En RRHH hacen un calendario laboral, contando las horas trabajadas menos las vacaciones y días festivos, y eso tienen que ser las 1761 h, pero creo que el problema en mi caso, es porque en el calendario laboral, a mi los días festivos y de vacaciones me los están contando con la reducción de - 1 h, pero además me quitan el salario, y yo creo que eso no es correcto porque es cómo sí "pagara" esa hora dos veces, una en menos salario y otra porque me faltarían horas para el computo anual que tendría que recuperar ... ¿Podéis indicarme cómo debo hacer mi horario laboral para cuadrarlo con las horas anuales?.

Y por último, si no llegamos a un entendimiento con esto...¿puedo renunciar a la reducción de jornada por cuidado de hijos con fecha 30 de junio, adherirme al horario normal de mi empresa en julio y agosto, que sería intensivo sin la reducción de salario, y luego el 1 de septiembre volver a solicitar mi reducción de jornada por cuidado de hijos?. Avisando con los 15 días que marca el Estatuto de los trabajadores...

Entiendo que yo puedo cesar dicha reducción cuando me venga bien, y volverme a reducir la jornada de nuevo con posteridad.

1 respuesta

Respuesta

Pues me temo que lo que te han comentado es correcto.

La jornada en verano se hace porque se supone que el resto del año se van a hacer las horas hasta completar lo que marca el convenio.

Es decir, si son 1.800 horas/año, por ejemplo, se han de hacer a lo largo del año dichas 1.800 horas; si en horario de invierno he acumulado horas, tendría sentido el horario de verano.

Si has pedido reducción de jornada por cuidado de un menor, y la anulas en verano, que luego la vuelvas a pedir, creo que podría suponerte el problema de que la empresa diga que no es justificada; ya que la anulaste...

En cualquier caso te recomiendo lances la consulta a algún abogado experto en laboral, te recomiendo www.cumboki.com

Suerte

Pero puesto que yo tengo la reducción por cuidado del menor, sí en verano no necesito esa reducción de tiempo, por qué no voy a poder cesar la reducción y luego volver a cogerla cuando lo necesite??. Creo que mientras cumpla las condiciones que establece el Estatuto de los trabajadores puedo cogerla y que quitarla según mis necesidades familiares , no?. No estoy obligada a estar un año entero... 

Pues creo la empresa puede alegar, y luego tendrías que demostrar que en verano no la necesitabas y luego sí

Ten en cuenta que la reducción de jornadas hasta donde yo sé la empresa no tiene la obligación de derala salvo para la maternidad, y la verdad es que no sé como sería el tema de que se renuncie a ella y luego se vuelva a solicitar... no es un caso habitual y tampoco quiero equivocarme.

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