Contrato de gestión de venta de agente único ( una exclusiva de venta) con una Inmobiliaria

Hace 13 días firmé un contrato de venta en exclusiva durante 6 meses con una Inmobiliaria en el que me comprometía a no ofrecer la venta a ningún otro mediador inmobiliario y a no promocionarlo por mi cuenta. Hay una cláusula que dice que si se inician o llevan a cabo gestiones de venta al margen de la oficina debo abonar el 2% del precio final de venta en concepto de compensación.

La cuestión es que a los 5 días de firmar el contrato, un comprador al que yo enseñé el piso en 2 ocasiones ANTES de darlo a la Inmobiliaria, se ha decidido finalmente a comprarlo y ahora la inmobiliaria me dice que en 6 meses no puedo venderlo por mi cuenta sin pagar esa compensación económica del

2% (Unos 4.500 euros). ¿Es eso legal?. ¿Qué debo hacer?. Me parece abusivo y no quiero perder el cliente.

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Respuesta

La inmobiliaria protege su inversión. Cuando firman una exclusiva, ellos invierten en su vivienda, por medio de publicidad, fotografías, visitas comerciales, etc. Usted misma reconoce que firmó ese contrato, por lo que entiendo que conocía las condiciones. Me temo que la condición es bien clara: "si se inician o llevan a cabo gestiones de venta al margen de la oficina". Usted no ha iniciado gestiones de venta, puesto que éstas eran anteriores, pero sí lleva a cabo gestiones de venta, al margen de la oficina.

Comprendo que quiera evitar el pago de los honorarios pactados con la inmobiliaria, pero me temo que debería hacerlo, si no quiere tener problemas con ellos. A lo sumo, podría tratar de negociar con ellos alguna rebaja.

¡Gracias! 

Copio textualmente el párrafo de lo que dice el contrato concretamente:

"La propiedad declara que no tiene encomendada la venta del inmueble objeto del presente contrato a níngún otro mediado inmobiliario y se compromete a no promocionar por si mismo ni ofrecer o aceptar la gestión de venta por ninguna otra compañía o mediador inmobiliario o de cualquier tipo. Si el propietario incumpliese esta condición, y se inician o llevan a cabo gestiones de venta al margen de esta oficina, el propietario habrá de abonar automáticamente a la inmobiliaria el 50% del importe de los honorarios establecisdos en concepto de compensación por los gastos y perjuicios ocasionados, quedando por ello rescindido el presente contrato".

De este párrafo, copiado textualmente, puede deducirse que yo no puedo vender mi propiedad a un cliente surgido de mis gestiones PREVIO a ponerlo en la inmobiliaria o simplemnete que no puedo promocionarlo y venderlo posteriormente a contratar sus servicios???

Muchas gracias de nuevo.

Se entiende que no puede usted venderlo, ni a través de otra agencia, ni tampoco usted personalmente, durante la vigencia del contrato. No importa si el posible comprador lo conoce usted de antes o no.

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