Cantidad de continente en seguro de hogar

Queremos cambiar de seguro del hogar pues no ha subido la prima. En un principio lo teníamos con la Caixa (obligados para conseguir la hipoteca). Finalmente conseguimos cancelar esa póliza, nos fuimos a Allianza y ahora queremos volver cambiar. ¿La pregunta es cual seria la cantidad a poner en concepto de continente? Con la Caixa la cantidad era lo que se pago de hipoteca y se iba minorando según pasaban los años. ¿Tengo qué seguir manteniendo ese criterio? ¿Ya qué el piso esta hipotecado es ese el concepto correcto? O es, como he visto en otros foros, ¿solo el valor de construcción? En mi documento de tasación pone:

Valor del Solar: 88.660€

Valor a efectos de asegurar el coste coste de construcción a nuevo (según D.A. 1.2 de la ECO 805/2003): 58.515,60€

Valor a efectos de asegurar la pérdida de valor que se produciría en caso de destrucción total del inmueble (según Art 10 del RD 716/2009): 66.898€

El de solar sé que no es. ¿El segundo o el tercero? ¿O tengo que poner como continente el valor del remanente de hipoteca a fecha actual?

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Debe contratar el valor de construcción de la vivienda o sea, numero de metros según escritura incluidos los comunes por el precio de mercado de la zona.

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Lo que se asegura es el valor de reconstrucción:

Valor a efectos de asegurar el coste coste de construcción a nuevo (según D.A. 1.2 de la ECO 805/2003): 58.515,60€

Entiendo que este caso es este.

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No, a usted le interesa asegurar la casa por su valor total no por la deuda pendiente de hipoteca, eso sería un seguro de amortización, que no cubriría la parte de casa que ya tuviera pagada.

El valor de reconstrucción es lo que se asegura, en este caso los 58.515,60 €

No se asegura ni la ruina económica ni las depreciaciones debidas al mercado.

Y como usted bien dice, el valor del suelo excluido.

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Si tienes hipoteca como mínimo por el valor de tasación. Recientemente me surgió un problema con este tema con un cliente. Le habíamos asegurado el valor de construcción y el banco le exigió cambiarlo. Me puse en contacto con la oficina bancaria para preguntarle en base a que le exigían esa cantidad si el importe pendiente de la hipoteca era ya muy inferior... me envío el extracto de la ley que así lo indica... si me acuerdo intentare buscártelo cuando vuelva a la oficina.

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