¿Que validez tiene un contrato de compraventa sobre un terreno rústico que no cumple el mínimo de cultivo?

¿Para poder vender una porción de terreno que no llega a cumplir con la medida mínima de cultivo debería hacerse a través de un contrato privado de compra-venta? En tal caso ¿Hasta qué punto estaría el vendedor cubierto sobre las irregularidades que el comprador pueda llevar a cabo sobre el terreno? ¿En caso de cometer alguna infracción sería el responsable legal el vendedor ya que es quien aparece en la escritura pública como dueño de la totalidad el terreno o con el contrato privado se podría hacer responsable al comprador? ¿Podría ocasionar algún problema el hacerlo así?

1 respuesta

Respuesta

No le pueden vender una "porción" de un terreno rústico menor a la UMC, porque de esos terrenos no se pueden hacer porciones. La ley impide su segregación, así que, aunque usted firmase un contrato de compraventa, el terreno seguiría tanto en el Registro de la Propiedad como en el Catastro a nombre del vendedor, y usted jamás podría acceder a la titularidad.

Pero yo ya soy titular del terreno. Mi interés es que problema puedo tener yo como vendedor al hacerlo así. Es decir, si vendo una porción de mi terreno a otra persona y está comete alguna infracción allí (construye sin estar permitido, por ejemplo) correría yo con las consecuencias?

Usted es el propietario de la parcela matriz, por lo que un contrato privado de compraventa es algo que solo tendría efectos entre el comprador y vendedor, no afectando a terceros. Eso significa que si la autoridad urbanística inicia un expediente sancionador por una obra ilegal, irán contra usted, que es el dueño titular de ese terreno.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas