¿Puedo renovar el contrato de alquiler a mis inquilinos sin fecha?

El próximo 1 de Marzo de 2018 se cumplen 5 años del alquiler que arrendé a mis inquilinos. Mi deseo sería no renovarlo ya que mi intención es vivir en esa vivienda, pero dependo de la venta de la casa en la que actualmente resido ya que estoy pagando una hipoteca bastante alta y hasta que no la venda necesito el importe del alquiler.

¿Qué opciones tengo para proponer un nuevo contrato de alquiler a los actuales inquilinos, tendría que ser contratos anuales o se puede hacer uno con fecha abierta y con una cláusula de preaviso mínimo de 30 días?

Por otro lado ¿es cierto que se puede rescindir un contrato de alquiler si es para uso propio del arrendatario sin tener que finalizar el contrato? En ese caso no tendría ningún problema en el momento de producirse la venta de la casa donde actualmente resido.

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Si se prórroga el contrato de hace 5 años sólo podrá aplicar la cláusula de necesidad si consta expresamente en el contrato.. Si por el contrario hacen un contrato nuevo podrá aplicar la cláusula de necesidad en cada cumpleaños del contrato siempre y cuando de hecho vaya a tomar posesión de la vivienda porque si no podría costarle muy caro

En el caso de hacer un nuevo contrato, no veo ninguna ventaja si de todos modos hay que esperar a que se cumpla un año de la firma del contrato. En este caso está a punto de cumplirse los 5 años de la duración del contrato,a partir de ahora el contrato se prorroga por anualidades con lo cual entiendo que podría no prorrogarlo al finalizar cada año, del mismo modo que haciendo uno nuevo con la cláusula de necesidad. Es correcto? 

Si ahora deja que se prorrogue, se prorrogará por 3 años, optativos de uno en uno para el inquilino, obligatorios los 3 para el arrendador.

Gracias. Otra pregunta, es necesario hacer nuevo contrato o bastaría con una hoja anexa en la que se especifique la renovación anual con la cláusula de necesidad del arrendador.

Si se prórroga el actual por 3 años no puede añadir ahora esa cláusula para ello tendría que hacer un contrato completamente nuevo en donde ya no hace falta incluir expresamente la cláusula de necesidad

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