Retrasar firma de un inmueble

Soy un vendedor que quiero retrasar la firma de un inmueble porque tengo una vivienda alquilada hasta enero y el comprador me dijo de palabra que me respetaba ese alquiler que tengo hasta enero pero ahora dice que quiere firmar y no respetar ese tiempo de la vivienda . Lo pactado fue de palabra. Que puedo hacer.

2 Respuestas

Respuesta

No estoy seguro de entender su problema. Tiene una vivienda a la venta, pero que actualmente está alquilada. El alquiler es hasta enero. Por otra parte, tiene un comprador que la quiere comprar antes de esa fecha. ¿Es así?

Al comprador le tiene que decir que la casa está ocupada hasta enero y que no puede hacer nada. No puede usted echar al inquilino. Como mucho, podría llegar a un acuerdo con él, para ver si está dispuesto a abandonar la vivienda antes de la finalización del contrato (con alguna compensación).

Gracias por su respuesta.  El comprador lo sabe pero ahora no quiere respetar su palabra de que hasta enero permitía ese alquiler Mi pregunta es para saber si puedo retrasar la firma de la venta y poder respetar el tiempo que le queda al inquilino. Si hay alguna posibilidad de retrasar esa firma de manera legal. Gracias 

Y el comprador ya ha dejado una señal para esa compra del inmueble. Gracias. 

Pero ustedes no han firmado unas arras, ni ningún otro documento fijando una fecha para la firma, ¿no?

Si se ha firmado un documento. Porque todo estaba claro hasta que ahora el comprador ha dicho que no quiere esperar a que se quede vacío. Y como fue de palabra no se que puedo hacer pues no quiero perjudicar al inquilino. Por eso preguntaba si hay alguna norma para poder retrasar dicha firma. Muchas gracias 

¿Y el documento indica una fecha anterior a enero?

Si. El 1 de diciembre sería la firma.

Veo que dice usted "no quiere esperar a que se quede vacío". ¿Se puede entender que quiere comprar aceptando que hay un inquilino hasta enero?

Porque usted puede vender con inquilino dentro. El comprador estaría obligado a respetar al inquilino.

Por otra parte, ¿sabe usted que el inquilino tiene derecho de adquisición preferente?

El inquilino lo sabe. Pero se marcha fuera de España. El comprador lo sabía que el inquilino se marchaba en enero. Pero como no lo puedo demostrar pues ahora dice por teléfono que el no se comprometió a nada y si yo no firmó para no fastidiar al inquilino pues le tengo que devolver el doble. Tengo alguna posibilidad de poder retrasar esa firma.??. Gracias.

Usted se comprometió por escrito y a cambio de unas arras a firmar el 1 de Diciembre. Las opciones que tiene son:

- No firmar: el comprador tiene derecho a desistir del contrato de arras y que le sean devueltas dobladas. O puede llegar a algún acuerdo con él (si él está dispuesto a replanteárselo a cambio de alguna compensación)

- Firmar: el comprador sabe que compra el inmueble arrendado y deberá respetar al inquilino. Usted no pierde nada y no "se fastidia" al inquilino. No veo por qué quiere usted retrasar la firma.

Ojo con lo que le comentaba antes, en este segundo caso, por el derecho de retracto del inquilino.

Lo que no comprendo, sinceramente, es que usted se comprometiera a firmar el 1 de Diciembre sabiendo que el piso estaba alquilado y que usted no quería venderlo con inquilino. O se compromete para cuando esté vacío o está dispuesta a venderlo con inquilino. Cualquier otra cosa es meterse en problemas.

El inquilino es un estudiante que se marcha a su país en enero y sabia que se estaba vendiendo y el comprador lo sabía y fue el mismo comprador el que dijo la fecha de firma y así se puso en el documento . Si es cierto que la rapidez con la que el comprador queria firmar me resultaba un poco raro pero como es final de año pensé que quería dejar el inmueble firmado antes de terminar el año.

Pues venda con el inquilino dentro.

Respuesta

Lo primero de todo recordarle algo que puede ser de Perogrullo:

-Verba volant, scripta manent-, Las palabras se las lleva el viento.

Entiendo que tiene vd alquilada la vivienda que va a vender y que el inquilino se marcha en enero. En tal caso no veo otro problema para firmar la escritura ahora, si así lo exige el comprador, que el derecho de tanteo y retracto de ese inquilino si no se ha resuelto ya, si el inquilino ha renunciado a su derecho de adquisición preferente, podrá vender ahora, eso si, haciendo constar que hay un inquilino en la vivienda vendida.

Por otra parte tampoco tiene la certeza de que ese inquilino se marche efectivamente en enero.

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