¿Qué impuestos hay que pagar cuando traes dinero del extranjero?

Mi tía que es española ha vivido durante 60 años en Brasil donde tiene sus ahorros y su patrimonio que le renta todos los meses. En Brasil tiene el permiso permanente pero la nacionalidad sigue conservando la española. El caso es que ahora ha vuelto definitivamente a España y nos surgen varias dudas:

1- Si trae todos sus ahorros a España (por los cuales ya cotizó en Brasil y están todos en una cuenta bancaria) ¿Tiene qué pagar algún tipo de impuesto aquí? ¿Está obligada a hacer la declaración de la renta?.

2- El dinero que recibe mensualmente por todas las rentas de inmuebles y locales que tiene allí tenemos intención de hacer transferencias mensuales y traerlo a aquí también (todo legal y cotizando los impuestos allí también). Nos surge la misma duda que en el punto número 1 ¿está obligada a hacer la declaración de la renta o tiene que pagar algún impuesto aquí? De ser así ¿Cómo debería de hacerlo o entrando directamente a un banco español haciendo la declaración de la renta, en caso de estar obligada a hacerla, es suficiente?

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le estudie su caso concreto y les ayude. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal, laboral y contable en nuestra web. Trabajamos con muchas personas en situaciones similares.

Lo que marca donde se pagan los impuestos no es la nacionalidad, sino la residencia fiscal. Como norma general, si vivie más de 182 días en España sera residente fiscal en España y pagara aquí por todas sus rentas mundiales.

Muchas de las rentas, pagan también en el país donde se generan, como los inmuebles, que pagarían en Brasil como no residente y se incluirían en su declaración de renta en España aplicando el convenio para evitar la doble imposición internacional entre ambos países. Si no paga allí como no residente, puede encontarse pagando dos veces por los mismos ingresos.

En cuanto a las transferencias de dinero como tal no pagan impuestos, pero la legislación de prevención de blanqueo obliga a las entidades financieras a solicitar documentación acreditativa de la procedencia del dinero y de haber liquidado los impuestos correspondientes.

Además, los residentes en España, con vienes en el extranjero están obligados a presentar la declaración informativa modelo 720 con todos sus bienes, cuentas, etc, en el extranjero que superen los 50.000 €.

Y además dependiendo de la comunidad autónoma donde resida, puede estar obligada a presentar y pagar declaración de patrimonio.

Por lo tanto, es muy importante hacer bien las cosas en estos casos, para evitar importantes sanciones.

Ante todo muchísimas gracias por su amplia respuesta. En referencia a donde reside actualmente es en Madrid. ¿Está obligada a presentar y pagar declaración de patrimonio?

Muchísimas gracias de antemano.

Saludos,

En Madrid esta bonificado al 100 % el impuesto de patrimonio, pero puede estar obligada a presentar la declaración, lo que no significa pagar.

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