¿Se puede pedir y desgravar un crédito personal antes de ser autónomo?

Voy a comenzar un negocio, para el que pediré un crédito personal. Estoy trabajando por cuenta ajena todo octubre, y al acabar me daré de alta en hacienda y eb la SS como autónomo, pero me vendría mejor pedir el crédito durante este mes. ¿Podría desgravar los intereses del crédito aunque lo pidiese antes de estar dado de alta en hacienda?

Y otra duda relacionada, he leído que si me doy de alta como autónomo mientras trabajo por cuenta ajena pierdo derechod a bonificaciones, por lo que imagino que con hacienda también te go que esperar a acabar de trabajar, ya que ambos deben tener el mismo dia de inicio. ¿Es correcto?

1 respuesta

Respuesta

Respecto a los intereses creo que te puedes deducir como gasto sin problema ya que según indicas, el patrimonio con el que va a comenzar tu nueva empresa incluye ese préstamo que vas a solicitar durante el mes de octubre.

En cuanto a la segunda pregunta creo que puedes darte de alta como autónomo a la vez que estás dado de alta por cuenta ajena. No son incompatibles que yo sepa. En cuanto a las bonificaciones a que tienes derecho y que pierdes no sé a qué te refieres. Si te refieres a las prestaciones por desempleo, no las vas a tener porque imagino que pedirás la baja voluntaria en tu trabajo por cuenta ajena.

Gracias por la respuesta. A ver como me explco, trabajo y acabo contrato el 31 de octubre, con lo que me daré de Alta en Hacienda y como autónomo el 2-3 de Noviembre, pero el crédito lo quiero pedir ya. Sería posible desgravarlo aunque su petición y concesión sea anterior ak alta en hacienda?

Gracias

Si el crédito lo vas a pedir para comenzar tu negocio sí. Lo vas a hacer antes para tenerlo disponible para la actividad por lo que es lógico y lo podrás hacer sin problema. Mientras lo pides y demás prácticamente van a pasar unos días hasta que tu alta de autónomo sea efectiva.

Si llevas una contabilidad de tu negocio tendrás dentro del patrimonio el crédito y dentro de los gastos los intereses. Si lo haces como autónomo imagino que declararás IRPF y los intereses y demás gastos de formalización del crédito los deberías poder deducir sin problema.

Tienes que hacer en hacienda el modelo 036 marcando la casilla "alta previa al inicio de la actividad" o algo así. La Agencia Tributaria tiene un teléfono de información donde te informan 901335533.

Prácticamente todos los gastos que tengas para iniciar tu negocio desde esa fecha hasta que te des de alta como autónomo son deducibles. (Página web, reforma de un local, viajes (que tengan que ver con el inicio de la actividad), créditos, etc.)

En la cámara de comercio de todas las provincias tienen un servicio de ayuda que llaman Ventanilla Única donde también ofrecen ayuda que suele ser gratuita.

Se me olvidaba. Algunos gastos llevan retenciones de IRPF (Ej: notario) que tendrás que ingresar en hacienda trimestralmente.

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